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Uso de casco: Lucila Haidar disiente con juez cordobés

Lucila Haidar, titular del Consejo Federal de Seguridad Vial y secretaria de Justicia de la provincia, se refirió al fallo de un juez cordobés sobre el uso de casco. Si bien no cuestionó la decisión del magistrado en lo legal, sí dijo no coincidir con que “vea exclusivamente el derecho individual y no el derecho social y general de preservar la vida”.

“Los jueces tienen toda la libertad y la justicia argentina les permite la interpretación de la norma en cuanto a definir si es una atribución exclusiva y excluyente de cada uno de los habitantes el hecho de usar el casco o el cinturón de seguridad”, comentó Haidar.

Asimismo, comentó: “Lo que no comparto con el juez es que en la mirada vea exclusivamente el derecho individual y no el derecho social y general de preservar la vida”.

“A veces, quien no se pone un casco o quien no lleva un cinturón de seguridad no afecta solamente su propia vida. En un accidente, cuando se empiezan a debatir las culpabilidades, también afecta a terceros cuando la vida no se preserva y no es lo mismo discutir un accidente con una lesión más o menos leve que discutir con una muerte por no prevenir”, sostuvo la funcionaria.

Por otro lado, “hace a la madurez de los argentinos el hecho de ir generando normas que más allá del interés individual sean de prevención y de preservación de la vida humana en su calidad de derecho universal”, justificó.

“A nadie le gusta ser sancionado o ser multado –continuó la Secretaria-, pero en rigor de verdad también es tarea de todos los poderes del estado el hecho de generar conciencia y modificar los comportamientos de la conducta humana, que generalmente son reticentes al cuidado por si mismo”.

Y opinó: “La multa no debería existir, deberíamos ser todos concientes que debemos usar todos los elementos para salvar nuestra vida. En el mejor de los casos, perder la vida genera un dolor a todos los que quedan pero en el peor de los casos un accidente puede dejar secuelas para toda la vida, con lo cual no solamente perdes tu vida porque dejas de hacerla en forma normal sino que además se altera absolutamente todo el entorno familiar y social que tiene el individuo”.

Por último, la titular del Consejo dijo que es “una opinión personal no institucional como Consejo Federal porque no lo he charlado con los pares pero nosotros tenemos que ayudar a generar conciencia de la preservación de la vida como derecho universal y no como derecho individual”.

“Creo que lo del fallo va a ser un tema para la próxima asamblea, que va a ser la primera quincena de mayo en la ciudad de Córdoba”, anticipó. Esta cuestión seguramente “va a generar algunas consideraciones porque no deja de ser una antecedente que altera el ritmo de trabajo”, concluyó.

Fallo

Según informó Télam, un juez de faltas de de Santa Rosa de Calamuchita, en lo que constituye el primer antecedente en la provincia, eximió de la infracción a dos personas que fueron multadas por circular en una moto sin cascos por considerar que se trata de un “derecho personalísimo y privado que no afecta a terceros”.

El juez municipal, Ricardo Gigena, aceptó los argumentos de “inconstitucionalidad” presentados por las dos personas en el descargo luego de que fueran sancionados el 8 de octubre último en ese municipio ubicado a unos 100 kilómetros de la capital de Córdoba.

De acuerdo a los datos conocidos ayer los motociclistas, oriundos de Buenos Aires, en sus descargos se ampararon en un fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sobre idéntico caso, y sostienen que las personas mayores de edad tienen el derecho a elegir si usa casco o no, por considerar que se trata de un “derecho personalísimo y privado que no afecta a terceros”.

En uno de los párrafos del instrumento resolutivo el juez de Faltas sostiene que “el uso del casco o cinturón de seguridad en personas mayores comprende la intimidad, la conciencia, el derecho de disponer de sus actos, de su obrar, de su propio cuerpo, de su vida, en ejercicio de su libertad”.

La resolución se debatió ayer en los medios locales con opiniones a favor y contra de otros jueces de faltas y profesionales especializados en las normas jurídicas específicas.