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Requisitos para la venta de pirotecnia

Se recuerda a la ciudadanía que para su seguridad deberá adquirir artículos de pirotecnia, únicamente en los negocios habilitados por la comuna. Entre los requisitos establecidos por   Ordenanza Nº 8.855, se menciona que “todo local o industria que se dedique a la pirotecnia deberá tener solamente artículos de pirotecnias”, por lo que no podrá almacenarlos  junto a otros productos, como puede suceder en caso de su venta en kioscos y otros negocios.

 

La norma prohíbe además la venta a menores de 14 años y la “comercialización, tenencia y uso de todo artificio pirotécnico que no haya sido calificado de ‘venta libre’”. Por otra parte, aclara que “el Departamento Ejecutivo Municipal controlará a través de los medios que el mismo arbitre, a todos los comercios y empresas que tengan relación con la fabricación, tenencia y comercialización de pirotecnias”, haciéndolos “pasibles de las sanciones que considere oportunas,  en caso de transgredir lo establecido”.