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Publicidad Oficial: Suspensión por 1 año, pero… con excepciones

Este miércoles (27/12) el gobierno de Javier Milei publicó en el Boletín Oficial el decreto de suspensión de la publicidad oficial a los medios de comunicación, una medida muy anunciada por el presidente en campaña y también una vez electo, como parte del recorte del gasto público y su intención de que la prensa no se vea condicionada por los aportes estatales y que tengan su propio financiamiento privado. Sin embargo, la ‘letra chica’ vino con excepciones.

El Decreto 89/2023 publicado hoy en el Boletín Oficial pero fechado ayer (26/12), declara la suspensión por un año “las campañas institucionales de publicidad y de comunicación con carácter oneroso” oficiales, “contado a partir de la publicación del presente decreto”.

Y el artículo 2 deja abierta la puerta a una prórroga de la medida: “La autoridad de aplicación podrá, por acto debidamente fundado y siempre que las circunstancias lo hagan oportuno, prorrogar la suspensión dispuesta por el presente”.

La marcha atrás de la muy publicitada medida aparece en el artículo 3 donde el Gobierno decidió exceptuar de la suspensión a los casos de publicidad oficial que surjan de la normativa vigente: “Exceptúanse de la suspensión establecida en el artículo 1° del presente a los actos de publicidad oficial cuya obligatoriedad surja de la normativa vigente, así como a las campañas que resulten derivadas de casos de fuerza mayor o necesidades comunicacionales puntuales debidamente justificadas que pudieran sobrevenir”.

Luego, por el artículo 4to se instruye instruye “a la Secretaría De Comunicación y Prensa de la Presidencia de la Nación a dictar y/o modificar las normas que resulten necesarias para la implementación del presente decreto”.

En los considerandos del decreto, el Gobierno argumentó que “sin perjuicio de las obligaciones que pesan sobre el Estado Nacional respecto de la difusión de actos de gobierno y comunicación a los ciudadanos, en las actuales circunstancias resulta conveniente suspender la realización de campañas no esenciales con el doble objetivo de adecuar las estructuras y procedimientos y hacer más eficiente el gasto”.

E indica que “corresponde discriminar, en lo relativo a la publicidad de los actos de gobierno, a aquellos en los que la misma resulte necesaria, de aquellos en los que puede ser omitida siguiendo criterios de oportunidad y conveniencia”.

Luego, menciona “el establecimiento de una suspensión temporal de la realización de campañas de publicidad oficial debe dejar a salvo aquella cuya obligatoriedad derive de la normativa vigente –publicación de leyes, decretos, decisiones administrativas y resoluciones, entre otros-, así como las excepciones derivadas de fuerza mayor o necesidades comunicacionales puntuales debidamente justificadas que pudieren sobrevenir”.

No hay en el decreto ninguna aclaración sobre la “oportunidad y conveniencia ” ni en los criterios de excepción o de otorgamiento de la pauta, lo que deja la puerta abierta –como ha ocurrido en cada Gobierno- a las excepcionalidades discrecionales.

El tiempo dirá si Milei cumplió con su promesa de campaña, aunque por estos días se lo ve muy seguido en programas de La Nación, TN, Canal 13, América… y esas notas, DIFÍLMENTE SEAN GRATIS, en especial por el contenido y comportamiento de quienes lo entrevistan…

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