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Maier y Zacarías valoran el trascendente servicio de Bomberos

Los diputados Jorge Maier y Juan Domingo Zacarías presentaron un Proyecto de Ley, bajo Expediente Nº 17867, en el que se declaran inembargables los instrumentos de Bomberos Voluntarios. En su considerando, explican claramente que las Asociaciones de Bomberos Voluntarios “están obligados a prestar el servicio, para lo cual deben hacer uso de los recursos de que dispone cada dotación, toda vez que la necesidad y la urgencia demanden su intervención”.

Debido a la desafortunada experiencia por la que hoy atraviesa la Asociación de Bomberos Voluntarios de Paraná, y considerando la importancia del servicio que este tipo de instituciones presta a la sociedad, resulta necesario contar con una Ley que proteja y asegure la disponibilidad de sus instrumentos de trabajo. En este marco, el Proyecto presentado por ambos legisladores determina que “quedan exceptuados de embargo y de remate judicial los bienes pertenecientes a las Asociaciones de Bomberos Voluntarios de la Provincia de Entre Ríos, como así también el dinero que en su totalidad supere el veinte por ciento de los subsidios y/o aportes y/o donaciones y/o ingresos de toda índole que percibieren las mismas, provengan estos de sus asociados, de particulares, de entidades privadas, del Estado Nacional, Provincial, Municipal, Comunal y/o cualquier otra persona física o jurídica”.

Cabe recordar que en Paraná la Asociación de los Bomberos Voluntarios sufrió el embargo de la escalera mecánica, móviles y otros elementos de trabajo, para cubrir un juicio laboral que se inició 1999 contra Miguel Aldana. La demanda fue contra la Empresa Rescate y contra Bomberos, cuando compartían una sociedad. La empresa Rescate hoy cambió de nombre.

Importancia de las Asociaciones de Bomberos Voluntarios

Las Asociaciones de Bomberos Voluntarios han sido calificadas por Ley Nº 8105 de la Provincia de Entre Ríos, como instituciones civiles sin fines de lucro que tienen como misión específica la prestación de un servicio público gratuito. Se establece como objeto principal la prevención y extinción de los incendios ocurridos dentro de su jurisdicción, además de concurrir activamente a la protección de las personas y bienes afectados con motivo del acaecimiento de cualquier tipo de siniestro, ya provengan de la naturaleza o de accidentes provocados por el hombre.