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Sin receso administrativo en la Municipalidad

Así lo dispuso el Intendente José Carlos Halle. En tanto que, mediante decreto -1409/09- del DEM, se declaró asueto administrativo desde el 23 hasta el 31 de diciembre, para el personal de planta y contratados, quedando exceptuadas las áreas de servicio.

De acuerdo a lo que contempla la medida quedan exceptuados del asueto, el personal político, directores y subdirectores y las siguientes reparticiones: unidades Municipales 1 –centro-; 2 –oeste-; 3 –sureste- y 4 –noreste-; Limpieza, Transito Urbano, Transporte Urbano, Colisiones y Habilitación de Registro de Conductores. Unidades Parques y espacios Verdes, Vialidad Urbana, Cementerio, Conservación Vial, Alumbrado Público, Saneamiento, Salud, Comunicación Ciudadana, Defensa Civil, Construcciones, Colonias de Verano de la dirección de Integración, Defensa del Consumidor, Deportes, Turismo, Balnearios y Campamentos, Hacienda –en su totalidad-, Mesa de Entradas y otras que resulten por resolución del Secretario respectivo.

En su articulado, se señala que “las áreas de la Administración, durante el periodo de asueto, deberán dejar una guardia permanente de acuerdo a las necesidades de cada unidad de organización”. Los agentes que, por razones de organización –o en virtud de lo dispuesto en el decreto- deban prestar servicios durante el periodo de asueto, tendrán derecho al otorgamiento de un franco compensatorio o licencia especial por el tiempo trabajado en la oportunidad que determine el titular de cada área de organización.

Por este motivo, se faculta a los secretarios que componen el Gabinete Municipal a adoptar todas las medidas y recaudos pertinentes para garantizar la prestación de los servicios y actividades administrativas que se estimen ineludibles.JORGELINA DUARTE Y JOSE C HALLE

Se señala además, que “el período de asueto dispuesto se considerará inhábil administrativo a los efectos del trámite de expedientes, reclamos,  recursos,  con excepción de las actuaciones correspondientes al régimen de Sumarios Administrativos, a los procedimientos de Actas de Comprobación de Faltas, Licitaciones Públicas y todo otro trámite de compra, asimismo todas las actuaciones ante la Justicia de Faltas Municipal y la Agencia Fiscal Municipal que continuarán desarrollándose normalmente en los plazos pertinentes y de acuerdo a lo dispuesto por los Códigos de faltas y Tributario Municipal”.

Juzgado de Faltas y la Agencia Fiscal Municipal

Se estableció además que durante el asueto, el Juzgado de Faltas y la Agencia Fiscal Municipal desarrollarán su actividad y atenderán normalmente al público.

Uso de Licencia Ordinaria 2009

En tanto, en virtud de la facultad conferida por la Ordenanza 6283, art. 1, se fijó entre el 4 de enero al 28 de febrero del 2010, el período en que el personal de esta administración municipal podrá hacer uso  de la Licencia Anual Ordinaria correspondientes al 2009 o pendientes reconocidas y no gozadas.