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Otra impugnación a la nominación de Raúl Lijo para la Corte Suprema: acusan de “discriminación estructural” contra las mujeres

La controvertida postulación de Javier Milei para que Raúl Lijo forme parte de la Corte Suprema suma un nuevo rechazo. La Asociación de Mujeres Jueces de Argentina (AMJA), también señaló la nominación de Manuel García-Mansilla, denunciando “discriminación estructural” y argumentando que sería “razonable” que una mujer ocupara una de las vacantes.

El Gobierno de Milei oficializó a mediados de abril la postulación de sus dos candidatos para la Corte Suprema: el juez federal Ariel Lijo y el jurista Manuel García-Mansilla. La nominación de Lijo ha sido particularmente polémica, con varias impugnaciones, una de las cuales fue presentada el jueves por el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Este viernes, recibió otro rechazo.

La AMJA, a través de su presidenta Susana Medina y los abogados Susana Cayuso y Diego Hernán Armesto, solicitó que se inicie “un nuevo proceso de selección” para que dos mujeres formen parte del tribunal, en lugar del procedimiento por el cual el Ejecutivo propuso a Lijo y García-Mansilla.

El principal motivo del rechazo se basa en que el artículo 3 del Decreto 222/2023 establece que la designación de nuevos miembros debe reflejar, en la medida de lo posible, “las diversidades de género, especialidad y procedencia regional en el marco del ideal de representación de un país federal”.

Según la organización, incluir a Lijo en la vacante dejada por Highton de Nolasco en 2021 implica una “desnaturalización y distorsión del primer párrafo del artículo 3 del decreto 222/03, lo que afecta los derechos de las mujeres a acceder en igualdad de condiciones de idoneidad a los cargos vacantes sin ni siquiera habilitar la competencia”, ya que consideran que ese puesto debería ser para otra mujer.

“Cuando se trata de cubrir la vacante dejada por Elena Highton de Nolasco, sería más razonable y acorde con los estándares vigentes proponer a una mujer, considerando la cantidad de juristas sólidas e intachables que tiene nuestro país”, afirman en el escrito presentado.

Además, la AMJA plantea que la Constitución Nacional no permite al Ejecutivo designar libremente a quienes el Presidente quiera, sino que le impone ciertos requisitos que no se tuvieron en cuenta al designar a Lijo.

“La restricción en un proceso netamente político limita la discrecionalidad para formular la propuesta. Su incumplimiento se vuelve claramente arbitrario”, señala la Asociación de Mujeres Jueces de Argentina en su escrito.

Asimismo, argumentan que el Decreto 222/2023 genera una gran incertidumbre sobre los criterios que debe considerar el Presidente al seleccionar candidatos, ya que “no especifica cómo ni de qué manera el Sr. Presidente preselecciona a esos candidatos. Se observa que la norma es insuficiente y vaga para garantizar la equidad de género según el bloque normativo mencionado en el apartado anterior”.

El plazo para presentar impugnaciones y adhesiones a la nominación de Lijo y García-Mansilla vence este miércoles 8 de mayo.

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