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Exportadores deben liquidar divisas si quieren seguir en el registro oficial de operadores de granos

El Gobierno resolvió que, para mantenerse inscriptos en un registro oficial de operadores de granos, los exportadores deberán cumplir también el requisito con la obligación de la liquidación de divisas en el mercado de cambios.

Así lo dispuso el Ministerio de Agricultura de la Nación a través de la resolución 132. La norma le otorga facultades a la Dirección de Gestión Documental del Ministerio de Agricultura, Ganaderia y Pesca para cruzar información con el Banco Central de la República Argentina (BCRA). Fuentes consultadas al tanto de este tema dijeron que así se busca una mayor transparencia en el sector.

De esta manera, el BCRA pasará a tener un registro y podrá informar al Ministerio de Agricultura si algún exportador no cumplió con la normativa y este poder darlo de baja o suspenderlo en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA). El RUCA es un registro donde están anotados todos los operadores de la cadena.

Asimismo, se informó que para dar agilidad a la inscripción en el Sistema RUCA, cada operador deberá hacerlo por la página web del organismo, sin falsear ni omitir datos y en carácter de Declaración Jurada.

Las divisas ingresadas por exportaciones del complejo granario acumulan a noviembre pasado unos US$18.583.581.963, casi 3000 millones de dólares menos que igual período de 2019, cuando alcanzó un total de US$21.496.115.004. El dato lo brindó la Cámara de la Industria Aceitera de la República Argentina (Ciara) y el Centro de Exportadores de Cereales (CEC).

En tanto, puntualmente en noviembre pasado ingresaron divisas por más de US$1730millones, un 1,094% superior al del mes de octubre de este año. “Las empresas del sector liquidaron la suma de US$1.734.293.026 a pesar de la declinación estacional a fin de año de ingreso de divisas por exportación de la agroindustria”, señalaron. En este contexto, el monto ingresado el mes pasado fue el más elevado para ese mes desde 2002, a excepción de 2014 y 2019, que tuvo una cifra de US$2.185.621.550, indicó.

Por otra parte, se introdujeron en la misma resolución otros puntos. En este sentido, en cuanto al sistema de faena y a los fines de mantener la vigencia de su inscripción, se informó que el operador deberá proceder al pago del arancel correspondiente a su actividad, sumado una constancia de aceptación como usuario emitida por el establecimiento faenador en el que opere, firmada por el presidente, socio gerente, autoridad habilitada o apoderado.

“Esta aceptación hará solidariamente responsable al titular de dicho establecimiento cuando se compruebe que el usuario ha realizado maniobras, ardides o recursos tendientes a ocultar los verdaderos beneficios de su actividad y/o incurrido en alguna conducta violatoria de cualquiera de las normas que rigen su accionar y/o los directivos o propietarios del mismo hayan actuado como autores, coautores, encubridores o partícipes necesarios de la maniobra”, detalla.

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