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El buen uso del tapabocas según dispone la Municipalidad de Paraná

Desde hace algunos días se ve en Paraná, a algunos vecinos caminando por las aceras de esta Capital usando barbijos, por lo cual está bueno recordar los alcances del Decreto municipal Nº 529, firmado por el intendente Adán Bahl. La norma establece la utilización de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón para ingresar o permanecer en locales comerciales, en dependencias de atención al público y en medios de transporte público de pasajeros, transporte privado cuando haya dos o más personas, y en todos los espacios cerrados de acceso público.

En su artículo 1° el decreto establece el uso obligatorio de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón por parte de todas las personas para ingresar o permanecer en locales comerciales, en dependencias de atención al público y en medios de transporte público de pasajeros, transporte privado cuando haya dos o más personas, y en todos los espacios cerrados de acceso público en el territorio de la Ciudad de Paraná.

El artículo 2°, recomienda el uso de estos elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón en cualquier otro ámbito o lugar diferente a los expresamente establecidos en el artículo anterior.

En tanto, el artículo 3° advierte que la obligación establecida en el artículo 1°, no exime del cumplimiento de las restricciones impuestas en el Decreto de Necesidad y Urgencia 297/20 del gobierno nacional, que estableció el Aislamiento Preventivo Obligatorio, por la pandemia de coronavirus.

Conclusión: la utilización del tapabocas o barbijos caminando por la vía pública o hasta viajando SOLO en auto particular NO ES obligatorio. Ahora, si POR PREVENCIÓN, PRECAUCIÓN, CAUTELA o simplemente TEMOR al coronavirus, hay quienes quieren estar las 24 horas con barbijo, ello comprende una cuestión ÍNTIMA, ÍNTRÍNSECA, lo que no avala exigir ello a otro.