Maran Suites & Towers

Condena a Urribarri: jueces rechazaron sus recusaciones y se conformó el Tribunal que deberá resolverlas

El Legajo de la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) Nº 11808, conocido como “Causa Compleja”, en la cual está involucrado el ex gobernador Sergio Urribarri y otros funcionarios de su gestión, arrojó este lunes novedades en torno a la integración del Tribunal de Juicio y Apelaciones que deberá resolver cuándo los condenados en aquella investigación por cinco hechos de corrupción, comenzarán a cumplir la condena que quedó firme en suelo entrerriano el 17 de abril, al conocerse la resolución de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia que denegó el recurso extraordinario para llegar al Alto Cuerpo.

Una de las resoluciones la suscribió la subdirectora de la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA), Claudia Geits, y determinó que “puesto a despacho en 29 de abril de 2024 informando que en la fecha Elvio Garzón y Julián Vergara presentan resolución en la que rechazan por inadmisible e improcedente la recusación formulada en su contra por Javier Ignacio Baños, y remiten a la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) para la respectiva integración de Tribunal”.

Garzón y Vergara fueron recusados por un integrante del equipo del mediático abogado porteño, Fernando Burlando. En su lugar fueron designados los nóveles jueces, Santiago Brugo y Juan Malvasio, que antes fueron fiscales y participaron de medidas en esta y otras causas que se sustancian contra Urribarri.

Los dos últimos también rechazaron los pedidos de recusación que presentaron respecto de ellos las defensas de los condenados. Así, el martes 30 se iba a realizar la audiencia en la que se iba a tratar las recusaciones de Brugo y Malvasio, que a partir de lo que se informó este lunes, se suspendió.

Por otra parte, la resolución que recogió los rechazos de Garzón y Vergara, determinó que “en relación a este último extremo, hago saber que -y conforme el orden estipulado por el inciso 1 del artículo 54 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de Entre Ríos, N°6902-; corresponde, integrar el Tribunal para resolver con las juezas de Garantías N° 6, Elisa Zilli, y N° 7, Carola Bacaluzzo”.

De idéntico modo, en otra disposición que se emitió también este lunes y suscribió la jueza del tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, Carolina Castagno, resolvió: “Téngase presente lo resuelto por los jueces de Garantías N° 4, Julián Vergara, y N° 5, Elvio Garzón. Atento lo informado por la Subdirectora de la Oficina de Gestión de Audiencias, Claudia Geits, hágase saber la integración del Tribunal conformado por las juezas de Garantías N° 6, Elisa Zilli, y N° 7, Carola Bacaluzzo”, añadiendo que “ello, a fin de resolver -primeramente-, en relación a la Recusación planteada por el defensor Javier Ignacio Baños”.

En ese contexto, detallan los colegas de APF Digital, se resolvió hacer “saber a las partes y magistratura designada; y oportunamente, vuelva a despacho para la continuación del trámite respectivo. En consecuencia, suspéndase la audiencia fijada a los fines establecidos en el artículo 48 del Código Procesal Penal de Entre Ríos (Cpper)”.

El artículo 48 del Cpper que versa sobre la “Recusación no admitida” determina que “si la recusación se intentara durante la Investigación Penal Preparatoria y el Juez no la admitiera, continuará su intervención; pero si se hiciera lugar a la recusación, los actos por él practicados durante el lapso en que tramite el incidente serán invalidados si el recusante lo pidiese dentro del plazo de 24 horas a contar desde que el expediente llegó al juzgado que deba intervenir. Si la recusación no admitida fuera la de un Juez de un Tribunal colegiado, integrado que fuera el mismo, y previa audiencia en la que se recibirá la prueba e informarán 11 las partes, en su caso, se resolverá la recusación dentro de las 48 horas, sin recurso alguno”

Add a Comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *