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Asambleístas confirmaron movilización a Paraná

La Asamblea  Ambiental  resolvió movilizarse hasta Paraná el 15 de octubre, fecha en que la Cámara Federal de Apelaciones deberá resolver el recurso que interpuso la fiscal, Daniela Neyra, contra el fallo del juez Federal subrogante, Gustavo Pimentel.

El magistrado había considerado que los ciudadanos de la ciudad del sur entrerriano no cometieron delito durante el prolongado bloqueo del paso internacional. Lo que se deberá resolver, tras escuchar a las partes (Fiscalía, Querella y defensores) es si se llama o no a indagatoria a los vecinos denunciados por bloquear la ruta internacional 136 que une Gualeguaychú con Fray Bentos, en el marco de las jornadas de protesta por la radicación y puesta en funcionamiento de la pastera UPM-Botnia.

En su escrito, el magistrado dijo: “Se vislumbra al momento de actuar de aquellos que interrumpieran el tránsito vehicular, un déficit de conciencia en la realización del ilícito, lo que les impidió comprender la criminalidad del acto y hacer exigible en el caso una conducta conforme a derecho”.

El pedido a indagatoria, lo había solicitado el procurador del Tesoro, Joaquín Da Rocha, en representación del Estado Nacional, al considerar que los 10 asambleístas cometieron el delito del artículo 194 del Código Penal.

Defensa

Los asambleístas denunciados y que deberán presentarse ante la Cámara Federal de Apelaciones son: Osvaldo Fernández, quien hará su propia defensa, Jorge Omar Frizler, Sira Nidia Muñoz, Juan Antonio Ferrari, Ana María Acosta, Paola Soledad Roble, Cristina Limba, Víctor Limba, Alejandra Crimella y José Gómez. Todos cuentan con la defensa de, además, de Fernández, Daniel Garbino, Jaime Martínez Garbino, Rubén Pagliotto, Iván Vernengo, Ana Angelino, Danilo Carraza y Luis Leissa, quienes ya están trabajando en la argumentación de defensa de los asambleístas.

“Nuestra defensa, por el delito que se nos endilga que es el 194 del Código Penal, será la misma que venimos sosteniendo y que tiene que ver con un derecho de rango superior como es el derecho a la vida, a la salud y al medio ambiente. Toda la comunidad entendió, para defenderse a sí misma, que había que cortar la ruta frente a la inacción de los Estados”, adelantó Fernández.

En tanto, Pagliotto, otro de los abogados defensores de los asambleístas, anticipó que en la audiencia se mantendrá lo que sostuvo el magistrado federal, quien rechazó el llamado a indagatoria al considerar que no “hubo delito”.

“Coincidimos con el análisis jurídico penal que hizo el juez Pimentel, quien llega a la conclusión que los asambleístas no tienen por qué ser llamado a indagatoria por cuanto no hubo delito”, acoto el letrado.

Según el planteo del juez subrogante de Concepción del Uruguay, con el que coinciden los defensores, en primer lugar: si bien la gente sabe que no puede demorar el tránsito ni cortar la ruta, la asamblea, tiene la convicción de que hubo un Estado permisivo, ya que no sólo no reprimió el corte sino que hasta los cuidó cuando dispuso la presencia de Gendarmería Nacional.

En segundo lugar, tomando como base la argumentación de Pimentel, los defensores también harán mención que cuando la República Oriental del Uruguay introdujo la acción contra la Argentina por el tratado del Mercosur, la argumentación nacional fue que por sobre el derecho constitucional de circular, existe una norma supra constitucional que es el derecho humano a ejercer la defensa de la vida.

Como tercer punto de defensa, para sostener que los asambleístas no cometieron delito, se recordará que existe una resolución del Poder Ejecutivo entrerriano (Ley 9.922, del 14 de septiembre de 2009) por el que se declaró paraje histórico a Arroyo Verde. Y, en esa norma, el gobierno consideró a los ciudadanos de Gualeguaychú como abnegados ciudadanos que se reunieron en forma democrática para defender el medio ambiente. “Con eso de alguna manera, el Estado avaló la protesta ambiental”, indicó Pagliotto.

Y como último punto –tal como lo analizó el juez Federal de Concepción del Uruguay—, hubo un contexto social imperante que hizo que la gente se movilice en post de un derecho.

“Frente a todo eso, el juez rechazó el pedido de indagatoria porque consideró que no había delito. Pero esa resolución, fue apelada por la fiscal y es la que deberemos rebatir en la audiencia del 15 de octubre”, acotó el letrado.

Audiencia

“El 15 tenemos que ir el grupo de abogados que defendemos a los asambleístas a rebatir la tesis del fiscal de Cámara, que seguramente va a mantener lo que dijo la fiscal de Concepción del Uruguay. Si la Cámara Federal de Apelaciones resuelve a nuestro favor, quedará todo como dice Pimentel, es decir que no hay que llamar a indagatoria a los asambleístas por cuanto no hay delito; pero si el fallo es adverso, los asambleístas deberán ir a indagatoria por el delito de obstaculización del transporte”, resumió Pagliotto.

Mientras la Defensa, la Fiscalía y la Querella expongan sus argumentaciones el próximo 15 de octubre, dentro de la sala de audiencias de la Cámara Federal de Apelaciones, afuera los otros integrantes de la Asamblea Ambiental de Gualeguaychú realizarán una vigilia y movilización en apoyo a los dirigentes denunciados.