Maran Suites & Towers

Un feriado para la Administración Pública de connotaciones sugestivas

Mediante el decreto 1912, el Gobierno provincial efectivizó el pedido de los gremios para trasladar al viernes 26 de junio, el asueto por el Día del Trabajador Estatal que se celebra el sábado. Una medida útil para paliar ciertos disgustos por el pago del medio aguinaldo pospuesto pese a que en enero del corriente año se promulgó la ley 27.073 estableciendo fechas tope para el pago del aguinaldo.

 

Recordemos que en la sesión de este martes, un proyecto de Ley del Diputado y Secretario General de UPCN, José Ángel Allende, fue tratado sobre tablas y aprobado por unanimidad. Consiste en una ley formulada para el reconocimiento definitivo de este día festivo para los Trabajadores del Estado.

 

“Establécese el 27 de junio como día de descanso para los empleados de la Administración Pública Provincial centralizada como en los organismos descentralizados que no cuenten con su día instituido, en los que no se prestarán tareas. Asimismo se preverán las guardias necesarias en aquellos servicios de carácter indispensable que así lo requieran y se acordará doble franco compensatorio”, se declara en el segundo artículo.

 

Este proyecto fue una iniciativa que surgió desde UPCN y en la cual se viene trabajando hace tiempo para dar una marco formal y definitivo a un día que debe ser de reconocimiento a este colectivo de trabajadores que son los reales sostenedores del Estado.

 

El ministro de Economía de la Provincia, Diego Valiero, informó que el medio aguinaldo al sector público entrerriano se pagará en el mes de julio, una vez que se culmine con el cronograma de haberes. De este modo, se efectivizaría a mediados del mes entrante.

 

Valiero confirmó: “Lo que tenemos es que, como se ha hecho en años anteriores, se pagarán los sueldos de junio y, posteriormente, el aguinaldo”.

 

Y como ya enunciamos días atrás, hurgando en Archivos del 2014 nos encontramos con éste artículo que fundamenta o le da veracidad a los dichos del ministro http://cuestionentrerriana.com.ar/arranco-el-pago-del-medio-aguinaldo/ O sea… el pasado año se cobró el medio aguinaldo a partir del 16 de julio lo cual le otorga fiabilidad al ministro.

 

Sin embargo es real. Hubo aumentos de sueldo, pero TODO subió y hasta el DOBLE en comparación con ese beneficio otorgado a los empleados públicos. Hete aquí la demanda, el reclamo, no solo de los gremios, de los sindicados, de los cuerpos agremiados sino del propio trabajador que en varias oficinas, que en varias reparticiones, o en distintos ámbitos de la Administración NO OCULTAN su desagrado, y FOGONEAN esa irritación lo cual se agrava en los tiempos electorales que se avecinan.

 

Pero aparte, de lo que Valiero no habló es que en enero del corriente año se promulgó la ley 27.073 que establece fechas tope para el pago del aguinaldo. En verdad, se había sancionado el 9 de diciembre último, promulgada el 9 de enero y publicada en el Boletín Oficial el 23 del primer mes del año.

 

Repasemos… Al modificarse el artículo 122 del Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la ley 20.744, (t.o. 1976) y sus modificatorias, el mismo quedó redactado de la siguiente forma:

 

“Art. 122.- El sueldo anual complementario será abonado en dos (2) cuotas: la primera de ellas con vencimiento el 30 de junio y la segunda con vencimiento el 18 de diciembre de cada año.

 

El importe a abonar en cada semestre será liquidado sobre el cálculo del cincuenta por ciento (50%) de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de los dos (2) semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año.

 

A fin de determinar la segunda cuota del sueldo anual complementario, el empleador debe estimar el salario correspondiente al mes de diciembre. Si dicha estimación no coincidiere con el salario efectivamente devengado, se procederá a recalcular la segunda cuota del sueldo anual complementario.

 

La diferencia, que resultare entre la cuota devengada y la cuota abonada el 18 de diciembre se integrará al salario del mes de diciembre”.

 

Este Documento puede leerse en http://www.boletinoficial.gov.ar/Inicio/Index.castle

 

Por ello, como ya opinamos, sería espléndido que el propio ministro, a quién le damos la derecha sobre la fecha del medio aguinaldo del 2014, otorgue una explicación congruente respecto al alcance de esa norma para las provincias pues, evidentemente, con esta fecha por él indicada, se estaría transgrediendo la precitada regla.

De éste modo, concluyendo, este fin de semana largo para los empleados del Gobierno viene bárbaro como consuelo ante tanto fastidio y en cierta forma decepción que se viene acumulando en ciertos sectores.