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Telefonía móvil encabeza el ranking de denuncias

La telefonía móvil “continúa primera en el ranking de denuncias”, informó el director de Defensa del Consumidor de la provincia, Arnoldo Gomariz, quien agregó que “seguramente lo seguirá siendo, ya que es fácil contratar el servicio y muchas veces las personas no toman los recaudos necesarios”. Le siguen los servicios de Internet y los electrodomésticos.

Gomariz explicó que “hace varios meses que los reclamos relacionados con la telefonía celular encabezan la lista de denuncias por diversos motivos, pero en general, se refieren al contrato del servicio que es sencillo. Las personas no toman los recaudos necesarios y después suceden algunas irregularidades”.

A la telefonía celular le siguen en el orden de denuncias los servicios de Internet, los electrodomésticos y los productos en general, dijo Gomariz, y agregó que “en el caso de la telefonía muchas veces sucede que no se cumple el contrato, o se generan problemas con la garantía del aparato”.

El titular de Defensa del Consumidor explicó que “es tan masivo el sistema, y la cantidad de usuarios es tanta que los problemas se generan también por excesos en la facturación, quite de abonos pre – pagos y en algunos puntos, la mala recepción de señal para poder comunicarse”. Por eso “es importante a la hora de contratar un servicio conocer al detalle el funcionamiento y cerciorarse de las prestaciones contratadas”.

Además aclaró que “muchas veces las empresas establecen plazos mínimos de contratación. En esos casos, si existiese alguna cláusula quedaría sin efecto ya que se las considera inválidas por lo que son las denominadas abusivas”. El funcionario detalló que esos contratos muchas veces cercenan los derechos de los consumidores, ya que en general, éste este desconoce la legislación vigente. “Por eso se insta a estar informados”.

Qué nos ampara

El funcionario recordó que los derechos del consumidor están amparados por el artículo 42 de la Constitución nacional y por la ley 24.240 de Defensa del Consumidor. “En particular, esa norma dispone que la publicidad obliga al anunciante a cumplir con lo ofrecido. “Hay que comprar en los comercios que exhiben sus precios y se debe solicitar siempre las facturas de las compras que realiza. Al dejar una seña, también debe requerirse un recibo”.

Gomariz ratificó también que “antes de firmar un contrato se debe leer detenidamente todas sus cláusulas y no firmar documentos que no se entiendan o con  espacios en blanco”.

Más recomendaciones

Los consumidores deben saber que hay que pedir varios presupuestos antes de contratar servicios de reparaciones. “Comparar y elegir la mejor propuesta es saludable para el bolsillo, pero además, hay que solicitar siempre comprobantes de las operaciones que se realicen”.

Todo documento de venta debe contar: identificación del  proveedor;  identificación del bien o servicio plazo y condiciones de la entrega,  precio y condiciones de pago. Rechace los productos que no estén identificados  correctamente, lea detenidamente el rótulo.

Es preciso tener en cuenta que al contratar un plan de ahorro, estos no  son de entrega inmediata, como lo publicitan.

Las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios están obligadas a informar por escrito sobre las condiciones del servicio que prestan.

Fuente: AIM Digital.-