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Suspenden el DNU que declaró servicio público a las telecomunicaciones

Un nuevo revés judicial tuvo ayer la administración de Alberto Fernández, luego de que la Cámara Contencioso Administrativo Federal hiciera lugar a un pedido de Telecom Argentina y suspendiera el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que había declarado servicio esencial y público a las telecomunicaciones.

En esta oportunidad, fue la Sala II de la Cámara Contencioso Administrativo Federal que, por dos votos en mayoría y uno en disidencia, admitió un recurso de apelación de la compañía telefónica Telecom y decretó una medida cautelar en su favor, que incluye la suspensión de los artículos 1 al 6 del DNU 690/2020, que era el que había declarado servicio público y esencial a las telecomunicaciones.

Además, también suspende tres resoluciones reglamentarias de este DNU, que fueron emitidas por el Ente Nacional de Telecomunicaciones (1466/2020, 1467/2020 y 204/2021). Todo esto no se podrá aplicar a la empresa, según los votos de los jueces José Luis López Castiñeira y Luis María Márquez.

El DNU que suspendieron los camaristas había sido dictado el 21 de agosto del año pasado, cuando se atravesaba la primera ola de la pandemia del coronavirus Covid-19. Declaraba “servicios públicos esenciales y estratégicos” a la telefonía celular y fija, Internet y la televisión paga.

Asimismo, una resolución del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) obligaba a las compañías a brindar una prestación básica y universal a aquellos que cobren menos de dos salarios mínimos vital y móvil por grupo familiar la prestación básica universal.

Con esta medida, Telecom Argentina recupera la libertad de fijar sus precios. Fuentes de Claro ya adelantaron a los colegas de La Nación que pedirán tratamiento igualitario ante la Justicia.

Gustavo López, el vicepresidente de Enacom, aseguró que van a apelar la decisión, y se quejó de la resolución de la Justicia al asegurar que emiten una cautelar sobre un DNU que ya consiguió el aval del Congreso.

“Desbalancea el mercado, perjudica a las otras empresas en cuanto a recursos, perjudica a los usuarios de esta empresa porque van a pagar lo que ella quiera y dejan a las personas sin la prestación básica universal”. De esa forma resumió López la mirada del ente sobre el fallo, y reiteró: “El fallo es solo para Telecom, para el Grupo Clarín”.

Según dijo el vicepresidente del Enacom: “Es una medida cautelar y esto significa que, hasta ahora, ningún juez ha entendido que el DNU, ratificado por el Congreso y que tiene fuerza de ley, declaró la inconstitucionalidad”.

“El Grupo Clarín se ha presentado en un centenar de juzgados a pedir la inconstitucionalidad y un recurso de amparo. Incluso, esta medida fue rechazado en primera instancia. Vamos a apelar, tenemos hasta el 14 de mayo para apelar ante la Corte. Lo que nosotros criticamos es que gobierna la justicia cautelar”, dijo López.

“Todo el mundo tiene derecho a ir a la justicia y pedir la inconstitucionalidad ante una ley o un decreto. También puede ir y pedir una cautelar para suspender una medida que provoca un daño inminente”, dijo.

“En este caso, todos los tribunales de primera instancia lo rechazaron porque entendieron que no había ningún perjuicio que pusiera en peligro la continuidad de la empresa. Mientras, se discute la legalidad de la norma o el DNU”, remarcó López, y cerró. “El problema que nosotros tenemos ante estos fallos es que distorsionan el mercado y la competencia. Porque los clientes de las otras empresas no están alcanzados”.

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