Rogel y Brasesco proponen Ley Provincial de Medios
|El ex presidente del bloque de convencionales constituyentes del radicalismo, Fabián Rogel y el ex vicepresidente de la Convención constituyente, Luis Brasesco, propondrán a la Legislatura provincial que analice la posibilidad de dictar una norma provincial en materia de radiodifusión.
Rogel afirmó que “se puede en el ámbito provincial cubrir los errores o abusos que la ley nacional recientemente sancionada tiene respecto de la defensa de los pequeños y medianos propietarios de medios de la provincia, como también los derechos adquiridos que tienen quienes han venido funcionando sin ninguna norma por desidia y ausencia del Estado”.
Brasesco, aseveró que “la Constitución Nacional en la facultades que le son propias a las provincias, como así también el artículo Nº 70 de la nueva Constitución Provincial, son paraguas importantes a tener en cuenta para dictar una norma provincial”.
“He de recordar que el articulo Nº 70 establece que ‘el Estado, dentro de su competencia, protegerá y alentara la explotación de sus recursos radioeléctricos y los medios de comunicación radicados en su territorio, como herramienta para el fortalecimiento de sus regiones y la conformación de su identidad cultural”, argumentó Brasesco.
Rogel reafirmó que “cuando con Brasesco firmamos el proyecto para ser incorporado en la Constitución de la provincia, lo hicimos pensando que en algún momento iba a haber una ley de radiodifusión nueva en la argentina”.
Así añadió que “si bien no podemos corregir los errores que tiene la ley nacional, podemos salir con una ley provincial en defensa de los medios de nuestra provincia. El último párrafo del artículo 70 establece claramente que “el Estado promoverá la propiedad y gestión de medios de comunicación social por parte de organizaciones sociales, cooperativas y comunitarias sin fines de lucro”.
Finalmente, Brasesco manifestó que “esta inquietud la canalizaremos a través de nuestros legisladores provinciales, pero entiendo que debería debatirse mas allá de cualquier bandería política partidaria, tal cual se lo hizo en la convención con este artículo 70”.