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Proyecto Termas del Paraná: ENERSA en la mira de Ambientalistas

La organización ecologista Mbiguá de Paraná presentó ante la Justicia provincial una acción de inconstitucionalidad por el decreto que autoriza a Enersa explorar el recurso termal para realizar una perforación.

               

Entiende que “vulnera normas de las Constituciones Nacional y Provincial, además de la Ley de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental y derechos colectivos con rango constitucional”.

El miércoles, la Fundación Mbiguá, Ciudadanía y Justicia ambiental, presentó ante el juzgado Civil y Comercial Nº 10 de la provincia un recurso para que se “declare la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del Decreto Nº062/2013 MPIyS mediante el cual, a través de su artículo primero se ‘otorga permiso de exploración del recurso termal a nombre de ENERSA (Energía de Entre Ríos Sociedad Anónima), para realizar una perforación tendiente a la extracción de aguas termales en la ciudad de Paraná…”’.

En el mes de abril, la organización ecologista local había realizado observaciones al proyecto termal ante la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos. Entre otros puntos, había señalado el incumplimiento del procedimiento de Evaluación de Impactos Ambientales y Audiencia Pública previo a la autorización para la perforación, y cuestionado la racionalidad y legalidad del acto administrativo que concede el certificado de aptitud ambiental.

No obstante, las observaciones por vía administrativa fueron rechazadas por la Secretaría de Ambiente, que consideró que habían sido presentadas “de manera extemporánea”, motivo por el cual la ONG se vio obligada a interponer una acción judicial para impedir que el Decreto se efectivice y se vulneren normas de rango superior y derechos de incidencia colectiva.

Sin perjuicio de los cuestionamientos de orden jurídico que planteó Mbiguá por el incumplimiento de los procedimientos legales, la organización cuestionó además distintos aspectos del Certificado de Aptitud Ambiental presentado por el Ente Regulador de Recursos Termales de Entre Ríos, donde, por ejemplo, no se considera en detalle los impactos que podría tener la evacuación de aguas residuales provenientes de ensayos sobre el suministro de agua potable de la ciudad, ya que tendrá lugar aguas arriba de la toma de aguas de Paraná, y se desconoce la existencia de áreas naturales protegidas y paisajes protegidos a nivel municipal en la zona de impacto.