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Pintadas antisemitas: Franco Zapata condenado a 3 años de prisión condicional

Este jueves 7 de abril, a las 11.45, la presidenta del Tribunal Oral Federal de Paraná, Dra. Noemi M. Berros, procedió a la lectura de la sentencia correspondiente a la causa originada por las pintadas antisemitas realizadas en la zona del Palomar en el Parque Urquiza de Paraná, en el año 2014.

El imputado, Franco Julián Zapata, fue considerado como autor material de las citadas pintadas condenándolo a una pena de tres años de prisión condicional, más dos accesorias correspondientes a un curso de concientización sobre Discriminación y el Holocausto que organizará la DAIA Filial Entre Ríos junto a la Federación de Comunidades Judías de Entre Ríos, más la realización de tareas comunitarias no remuneradas a favor de una entidad de bien público.

“Desde nuestra entidad expresamos nuestra satisfacción por la sentencia del Tribunal”, expresó el Dr. Pablo Andrés Soskin, presidente de las precitadas instituciones, habiendo intervenido la DAIA Filial ER como Amicus Curiae del Tribunal.

Al condenado, se lo inculpó por el delito previsto en la ley 23.592, que penaliza los actos discriminatorios basándose en el artículo 16 de la Constitución Nacional, determinando que comete acto discriminatorio quien restrinja o menoscabe las bases igualitarias expresas en dicha Constitución.

Considera particularmente los actos u omisiones discriminatorios determinados por motivos tales como raza, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, posición económica, condición social o caracteres físicos.

A Franco se lo entiende como culpable de pintar cruces esvásticas en color rojo y frases antisemitas en la zona conocida como El Palomar, ubicada en el Parque Urquiza de Paraná; principalmente sobre una gráfica de la Estrella de David que representa al pueblo judío.

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