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PASO 2015: consejos para presidentes de mesa y electores

Tanto en las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) de este domingo 9 de agosto como en las Generales del 25 de octubre, los presidentes de mesa tendrán una importante misión. Por ende, la Cámara Nacional Electoral emitió una serie de recomendaciones, contestando a las inquietudes más frecuentes que surgen entre las autoridades y los propios sufragantes.

 

-¿Qué sucede si siendo autoridad de mesa no me presento o abandono el establecimiento de votación el día de la elección?

 

-Tal hecho constituye un delito electoral correspondiendo a quienes incurran en él pena de prisión de seis meses a dos años.

 

-¿Reciben alguna compensación?

 

-Los ciudadanos que cumplen funciones como autoridades de mesa reciben una compensación consistente en una suma fija en concepto de viático. El pago se efectuará dentro de los 60 días de realizados los comicios. Quienes se desempeñen como autoridades en las Paso y en las Generales y que además hayan asistido a los cursos para ambos comicios, recibirán un total de $ 1.100 ($ 350 por elección y $ 200 por cada capacitación).

 

-¿Cuáles son las obligaciones de las autoridades de mesa?

 

-El presidente de mesa y el suplente deberán estar presentes en el momento de la apertura y clausura del acto electoral y durante su desarrollo, siendo su misión especial conducir el funcionamiento de la mesa durante toda la jornada y velar por el correcto y normal desarrollo de la misma.

 

-¿Cuál es el procedimiento para votar?

 

-Los electores ubican la mesa en la que les corresponde votar y se presentan en ella con su documento habilitante. El presidente de mesa recibirá el documento y lo retendrá, a cambio le entregará un sobre vacío firmado en el acto de su puño y letra y lo invitará a pasar al cuarto oscuro. A solas en el cuarto oscuro el elector coloca en el sobre la/s boleta/s de sufragio de su preferencia y vuelve a la mesa introduciendo el sobre cerrado en la urna. El elector firmará el padrón y el presidente de mesa la constancia de emisión del voto la que le será entregada al elector conjuntamente con su documento.

 

-¿Quiénes pueden votar en la mesa?

 

-Sólo aquellos electores que consten inscriptos en el padrón de esa mesa. Ninguna autoridad, ni aún el juez electoral, podrá ordenar al presidente de mesa que admita el voto de un elector que no figura en el padrón de esa mesa. Tampoco pueden agregarse para votar las autoridades de la mesa y los fiscales partidarios si no están inscriptos en el padrón de la mesa en la que actúan.

 

-¿A qué hora abre y cierra el acto electoral?

 

-Las elecciones comienzan a las 8 y cierran a las 18. Si hubiera electores en la fila de la mesa esperando para emitir el sufragio el presidente de mesa debe continuar recibiendo los votos hasta que el último de la fila haya votado.

El escrutinio de mesa no podrá comenzar, en ningún caso, antes de las 18, aun cuando hubiera votado la totalidad de los electores del padrón de esa mesa.

 

-¿Cómo se realiza el escrutinio de mesa?

 

-El presidente de mesa, auxiliado por el vocal o suplente, con vigilancia en el acceso y con la presencia de los fiscales acreditados, apoderados y candidatos que lo soliciten, abrirá la urna extrayendo todos los sobres y confrontando su cantidad con el de los votantes. Separará los sobres de votos de electores cuya identidad haya sido impugnada. Luego abrirá el resto de los sobres y clasificará los votos válidos por categoría y agrupación política, los votos blancos, nulos y recurridos por categoría.