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¿No dan quórum a Macri o al Pueblo?

ESPECIAL (por Francisco Pancho Calderón).- Por estas horas, en la mayoría de los medios de gran tiraje nacional, se habla de la negativa Opositora a dar quórum en el Congreso Nacional para tratar distintos proyectos surgidos desde el Oficialismo. Nadie niega la complejidad de la actividad legislativa, sin embargo, la obligación central de los representantes del Pueblo es ejercer el control de los actos del ejecutivo y legislar con el espíritu y las convicciones de proveer al bien común, presentándose a sesiones a legislar, aun siendo minorías, pues sentándose a deliberar, a debatir, a discutir ideas, además de justificar sus dietas, podrían intentar una justa construcción democrática mediante el diálogo racional. Resulta incómodo a los ciudadanos, sostener representantes que abusan inmoralmente del instituto del quorum como instrumento para impedir sesiones, por no estar de acuerdo.

 

No somos eruditos en doctrina constitucional, por lo cual no vamos a profundizar en el cuestionamiento, ahora… ¿no hay una norma que establece la regla del quórum habilitándose también a sancionar a los diputados y/o a los senadores que no estén concurriendo a una sesión y se pueda compelerlos???

¿No hay una pauta, una regla por la cual la minoría podría reunirse en el recinto de las sesiones, para acordar los medios de obligar a los inasistentes reiterados???

 

¿No puede reunirse ésta minoría y llamar a los inasistentes por citación especial para la sesión siguiente, publicándose en los medios  periodísticos de mayor trascendencia de cada Capital esa convocatoria???

 

Si luego de esta situación no se forma quórum, ¿tiene facultad la minoría para obligar a los inasistentes mediante aplicación de multas y/o forzarlos a hacerse presentes por la fuerza pública, si las medidas iniciales no dan resultado???

 

Evidentemente, la restricción del quórum fue fijada por los constituyentes para evitar que una minoría fortuita y no representativa apruebe leyes en nombre de todos.

Ahora bien, ¿no hay que redefinir el significado de la inasistencia justificada por motivos políticos???

 

¿La no concurrencia a una sesión puede entenderse no como una omisión, como una renuencia o como una falta reprochable del legislador???

 

Es verdad… También puede concebirse como una acción que éste ejecuta para exteriorizar de hecho su voluntad política de no habilitar el tratamiento de una ley que, por las razones que le parezcan, es inadecuada, inconveniente o inoportuna.

 

Sin embargo, nuestra subjetividad nos indica que el no dar quórum es una medida política extrema que tiene sus precios, sus saldos y sus costos políticos. Es una jugada posible en el menú de opciones de un político singular y de un bloque; y ningún “operador” lo ignora.

Ahora… esta práctica parlamentaria ya establecida nos debe alertar sobre la inconveniencia de soluciones precarias.

 

De alguna manera, el Pueblo, el Ciudadano que eligió a sus Representantes, debe tener un amparo ante una hipotética situación de bloqueo legislativo, ya que se incurre en riesgo elocuente de la pérdida de gobernabilidad.

Claro… es veraz que el remedio institucional no puede consistir en llegar al quórum por la fuerza física, o viciando la voluntad del legislador bajo la amenaza de sanciones y hasta coercionándolo “a punta de pistola”. No es lo ideal… Pero…

 

El punto es que invitamos a quienes legislan, Oficialistas y Opositores a que nos ilustren, a que instruyan a quienes los hemos votado, como a revisar, a analizar, a examinar en profundidad, si las normas que apuntalan, que respaldan dicha técnica son las correctas.

 

Tenemos en claro que si hubiese un bloqueo legislativo, será porque los legisladores inasistentes son muchos, y porque los que quieren sesionar no tienen una cuota suficiente de consenso.

Ahora bien… El quórum no sólo es la precondición de un proceso parlamentario regular, sino también es precondición de un proceso potencialmente deliberativo: por lo cual, la posibilidad de que se frustre la sesión por falta de quórum incentiva a la facción mayor no mayoritaria a negociar y buscar aliados, a ampliar la base de sustentación de un acto que debe ser expresivo de la voluntad general. Eso lo interpretamos congruente.

 

El punto conflictivo reside en el hábito que se toma, en la costumbre, en la conducta rutinaria de no dar quórum porque sí…

No avalamos multas o detracciones de salarios punibles al diputado o senador que, en ejercicio de este derecho, no da quórum. Mucho menos plantear interinatos o destituciones.

 

Sí, nos parece que se debe EDUCAR al Pueblo convenientemente en este aspecto, y en vez de fomentarse tanto “circo” con el fútbol, tantos payasos de la absurda TV argentina, o tantos ridículos operadores de la radiofonía nacional, que DISTRAEN la atención, alienan, será regio comenzar a ofrecer datos CLAROS, FEHACIENTES, acerca de quiénes son los senadores, los diputados, los ediles que verdaderamente TRABAJAN y quienes son los mayéuticos que dan a luz verdades parciales o recurren opresiva e impunemente al recurso de faltar al Recinto o de retirarse del mismo sin pudor.

 

En los últimos tiempos la práctica de dejar sin quórum una sesión, tanto en Diputados como en Senadores, o en Concejos Deliberantes, se volvió casi una rutina. Caprichos políticos conspiración, priorizar otros temas y hasta llegar tarde a la sesión se constituyen en algunos de los motivos de la ausencia del debate.

 

La actitud parlamentaria de impedir el número mínimo para que se realice una sesión, es universal. Y así como admitimos que es parte de la idiosincrasia del político utilizar esta herramienta como medida de presión o protesta ante situaciones no compartidas por un grupo y/o bancadas, en la Argentina se abusan de esta mecánica porque se prioriza el interés privado de un parlamentario o Bloque, y no existe un interés nacional en los debates, en arribar a acuerdos políticos que permitan un funcionamiento adecuado del Congreso Nacional, de Cámaras provinciales o de Concejos de ediles como instituciones del Estado.

 

Tristemente, en nuestro país, en la mayoría de los casos, los parlamentarios quieren imponer sus ideas, y -casi como una extorsión- surge la decisión de un sector de abandonar la sala de sesiones para dejar sin quórum.

Fervientemente, defendemos que el juzgamiento perfecto es el electoral, y puede premiar o castigar a la persona o al partido, en la próxima elección.

 

Ahora… Hasta tanto ello ocurra, en el ejercicio de su mandato representativo, el legislador o el bloque puede optar libremente por las tácticas, estrategias y acciones parlamentarias que sean más conducentes a sus objetivos o ideales políticos. Y muchas veces, en notorios casos, en innegables ejemplos, el espíritu que guía a ciertos congresistas o parlamentarios, es sórdido, corrompido, miserable, pletórico en codicia, en ambición desmedidas.