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La Sala Civil y Comercial presentó una propuesta al STJ por el expediente electrónico en general y la notificación selectiva

El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos analizará la propuesta presentada por la Sala Civil Civil y Comercial, a la presidenta del Alto Cuerpo, Susana Medina, vinculada al expediente electrónico en general y la notificación selectiva en particular.

La iniciativa del vocal Martín Carbonell, la vocal Gisela Schumacher y el vocal Leonardo Portela, surgió luego de la reunión mantenida el 23 de marzo pasado con representantes del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos (CAER). Todo ello en el contexto de seguir mejorando el sistema informático del Poder Judicial a los fines brindar un mejor servicio de justicia a todos los ciudadanos y ciudadanos de la Provincia.

En la presentación ante al STJ, los integrantes de la Sala Civil y Comercial, hacen saber que quienes representan a la abogacía, pusieron de manifiesto que aproximadamente un veinticinco por ciento (25%) del padrón de profesionales con matrícula activa estaría en desacuerdo con la notificación selectiva. Según lo manifestado, la cuestión redunda en la incomodidad de los y las profesionales de ingresar al sistema on line los días martes y viernes, con el objeto de revisar los expedientes en que han solicitado su vinculación, para así advertir novedades en los movimientos.

Cabe aclarar, y así se volvió a reiterar en la reunión, que los movimientos mencionados son aquellos que no prevén notificación por parte del juzgado (artículo 132 del CPCC), puesto que en este último caso el uso de la notificación selectiva es de obligatorio cumplimiento para los organismos (conforme lo resolvió este Cuerpo por Acuerdo General Nº 33/2022).

Es decir, si bien los movimientos que no se encuentran contemplados en el artículo 132 del CPCC (notificación por cédula) se encuentran disponibles para su consulta desde su dictado, ellos no son “avisados” como novedad por el sistema. Aquí radica la incomodidad y el objeto del reclamo, dado que martes y viernes deben “recorrerse” los expedientes.

Asimismo, no está de más recordar que la notificación indiscriminada de todos los actos y resoluciones emanadas de los órganos jurisdiccionales de la Provincia, tuvo lugar en un contexto de pandemia que resultó necesario con motivo de la situación excepcional que tocó vivenciar en los años pasados y que gracias al desarrollo técnico producido por el Departamento de Informática del Superior Tribunal de Justicia, el Poder Judicial de Entre Ríos no tuvo que cerrar sus puertas y se convirtió en pionero a nivel nacional en materia de gestión de expediente electrónico. Por ello, ahora resulta necesario adecuar los sistemas a la normativa procesal vigente.

Respecto a esa cuestión, la Sala Civil y Comercial advierte una falta de información tanto de quienes ejercen la abogacía como de quienes integran los organismos jurisdiccionales respecto a la finalidad y uso de la herramienta, así como de los beneficios que ello importa en la labor cotidiana y en el funcionamiento de todo el sistema de expediente digital. La notificación selectiva es la que más se ajusta a las previsiones que en materia de notificación prevé el ordenamiento procesal vigente.

Ante los planteos, recepcionados la Sala Civil y Comercial propone que:

a) Se disponga la realización de capacitaciones para quienes integran los organismos jurisdiccionales, los equipos técnicos y los ministerios públicos; y para profesionales de la abogacía. Todas ellas a través del Instituto “Juan B. Alberdi”, con intervención de quienes integran la Comisión de Seguimiento de Expediente Digital.

b) Elaboración, desde la Sala Civil y Comercial, de un protocolo de actos jurisdiccionales que, además de los enumerados en las normas procesales, deban ser notificados a través de notificación selectiva; para una mayor comodidad de quienes ejercen la abogacía, como es el caso de los actos referidos a las órdenes de pago (OPE). En este caso, la Sala dejó sentado que se pidió colaboración al Colegio de la Abogacía para la elaboración del mismo, a lo que sus representantes se negaron rotundamente.

Asimismo, la Sala recordó que con relación a las demás cuestiones consignadas en la nota elaborada desde la Comisión de Expediente Digital del CAER, relacionadas con el diseño y funcionamiento del sistema Sirirí, se reiteró al CAER que actualmente se encuentra disponible el desarrollo de la Mesa Virtual 2 en la que se superaron los inconvenientes apuntados, y que tal solución ya fue puesta en conocimiento del Colegio en la reunión mantenida por la Comisión de Seguimiento en el mes de noviembre del año 2022.

Tanto en aquella como en esta nueva oportunidad se requirió al CAER que dispusieran una fecha en la que consideraban atinado su nueva implementación, lo que aún sigue sin respuesta cierta. Solamente esbozaron que la puesta en funcionamiento de la Mesa Virtual 2 fuese luego de que terminara el mandato de la actual Comisión Directiva (en el mes de octubre de este año 2023).

Frente a tales manifestaciones y el tenor de las críticas que se plasman en las notas presentadas por el CAER, así como las manifestaciones que realizan sus representantes en distintos medios de comunicación y redes sociales, entendemos conveniente poner en funcionamiento la superadora Mesa Virtual 2 luego de finalizada la feria de julio 2023.

A este fin, la Sala propone una capacitación en conjunto entre el Instituto “Juan B. Alberdi”, la Comisión de Seguimiento y el equipo de informática del Poder Judicial.

Finalmente, la Sala Civil y Comercial del STJ, reiteró que el Poder Judicial ha recabado las sugerencias planteadas por el CAER, estando en continua labor para brindar un más eficiente y eficaz servicio de justicia.

Fuente: SIC-STJER.-

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