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La Justicia Electoral ordenó incorporar al padrón a una ciudadana de 104 años

Una ciudadana bonaerense de 104 años que había sido excluida del padrón electoral debido a su edad podrá finalmente votar en el balotaje presidencial que se celebrará el próximo 19 de noviembre tras el aval de la Justicia Electoral, que ordenó reincorporarla al listado de personas habilitadas para sufragar.

Se trata de Magdalena Fanny Córdoba, quien cumplió los 104 años el 16 de agosto pasado y al haber sido excluida del padrón electoral, no pudo participar en las elecciones primarias del 13 de agosto ni en las generales del 22 de octubre.

La mujer, nacida en 1919 y ciudadana de Berazategui, en el conurbano bonaerense, hizo un pedido especial a la Justicia Electoral para que en los comicios que se llevarán a cabo el domingo 19 se la deje votar.

Voceros judiciales indicaron que al cumplir los 104 años, la mujer quedó excluida automáticamente del padrón electoral tal como lo indica la Acordada 28/2018 de la Cámara Nacional Electoral, que dispuso que por demoras en las comunicaciones de los organismos correspondientes y para depurar el padrón, las personas que cumplieran esa edad serían excluidas provisoria y automáticamente del Registro Nacional de Electores.

De ese modo, si al cumplir 104 años una persona quiere seguir ejerciendo el derecho al voto, debe inscribirse en un registro informático como ciudadano o ciudadana “mayor de edad límite con intención de voto”.

“La señora Córdoba no cumplió con ese requisito y fue automáticamente excluida. Sin embargo, al hacer el pedido especial para poder sufragar, explicó que no sabía de la existencia de aquel impedimento”, contaron los voceros.

El juez Alejo Ramos Padilla, titular del Juzgado Federal con competencia en lo electoral N°1 de La Plata, sostuvo que los sistemas informáticos actuales de transmisión de datos “resolvieron casi totalmente esa situación y los registros se hayan prácticamente actualizados”.

Opinó que “para lograr sea un reflejo adecuado de los electores de cada distrito, lo cierto es que, en este caso en particular, la ciudadana se ha visto afectada en su derecho de elegir a quienes habrán de representarla en los distintos ámbitos de gobierno -municipales, provinciales y nacionales-”.

Por eso, dispuso que el “área informática electoral instrumente los mecanismos necesarios para que la ciudadana Magdalena Fanny Córdoba (…) se encuentre incluida en el padrón de electores”, y que se le informe, personalmente, de la decisión judicial.

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