Juan Darthés fue condenado en Brasil a seis años de prisión por abuso sexual contra Thelma Fardin
|Este lunes por la tarde, el actor Juan Darthés fue condenado a seis años de prisión por la Justicia de Brasil en la causa por abuso sexual agravado contra Thelma Fardin. La información fue confirmada por fuentes de Amnistía Internacional Argentina a través de la red social X. Darthés gozará de un régimen semiabierto, lo que significa que el exintegrante del elenco de Patito Feo podrá salir del penal durante el día pero deberá volver a prisión todas las noches y dormir en su respectiva celda.
“La justicia de Brasil declaró la culpabilidad del actor en el juicio por violación contra Thelma Fardin. Los jueces enviaron un claro mensaje de justicia. Firme paso en la lucha por los derechos de las víctimas de violencia sexual y de género”, reza la publicación que la ONG hizo en X, la red social antes conocida como Twitter. La referente del colectivo de Actrices Argentinas dará una conferencia de prensa a las 17.30 desde la sede de Amnistía -ubicada en Santos Dumont al 3429-, acompañada por la directora adjunta de Amnistía Internacional Argentina Paola García Rey, la abogada de Fardin ante la justicia brasilera Carla Andrade Junqueira, y Martín Arias Duval, abogado ante la justicia argentina.
“Conforme a las modificaciones de la Ley Nº 12.015, de 2009, en el artículo 213 del Código Penal, ‘obligar a una persona mediante violencia o amenaza grave a tener relaciones carnales o a practicar o permitir que se practique con ella cualquier acto libidinoso’”, dice el fallo de segunda instancia que declaró culpable a Darthés, cuyos pormenores serán dados a conocer en la mencionada conferencia de prensa.
‼️ [AHORA] JUAN DARTHÉS CONDENADO
La justicia de Brasil declaró la culpabilidad del actor en el juicio por violación contra Thelma Fardin. Los jueces enviaron un claro mensaje de justicia. Firme paso en la lucha por los derechos de las víctimas de violencia sexual y de género. pic.twitter.com/FldhNraZa1— Amnistía Internacional Argentina (@amnistiaar) June 10, 2024
El caso
En diciembre de 2018, Fardin junto al colectivo Actrices Argentinas denunció públicamente un abuso sexual agravado contra Juan Darthés, presuntamente ocurrido en Nicaragua cuando ella tenía 16 años y él 45, mientras ambos participaban de una gira de la tira Patito Feo.
Cinco años después, en mayo de 2023, Darthés fue absuelto de la acusación de abuso sexual con acceso carnal por la justicia brasilera. Ese fallo de primera instancia fue firmado por el magistrado Fernando Toledo Carneiro, subrogante del Juzgado Penal Federal 7 de San Pablo, donde se siguió el proceso contra Juan Pacífico –tal el nombre de nacimiento del actor– luego que se aceptase un pedido de la fiscalía realizado el 6 de abril de 2021. Por entonces, sobre el actor pesaba un pedido de captura internacional, emitido el 17 de octubre de 2019 por un juzgado de Managua, donde se había aceptado la apertura del caso por “violación agravada” luego de que Fardin viajase a Nicaragua para ratificar la denuncia por los sucesos que habrían ocurrido el 17 de mayo de 2009.
En ese momento, la sentencia absolvió a Darthés “porque no se acredita la penetración” que de acuerdo al tipo penal vigente al momento de los hechos constituía un requisito para la condena. Es decir que, hasta 2009, se consideraba “violación agravada” cuando había acceso carnal, que es lo que según el juez no se pudo determinar. El magistrado consignó que el informe de otras tres mujeres demostraría el modus operandi del acusado y que las testigos propuestas por la querella fueron claras al momento de contar los detalles del abuso que Fardin les había relatado, pero que no era suficiente para un veredicto condenatorio por violación. Más allá de resaltar las coincidencias de las declaraciones y el sustento dado por peritajes psicológicos a la víctima, Toledo Carneiro mantuvo su posición de no juzgar el abuso descripto, sino el investigado delito de violación y, en ese caso, definió que la duda beneficiaba al acusado.
“No debemos olvidar que estamos juzgando un caso concreto, sobre un delito específico”, señaló Toledo Carneiro en el fallo, dando a entender que la absolución a Darthés implica que no pudo confirmarse que se hubiese tratado de un abuso con acceso carnal. “La versión de la víctima no fue consecuente en cuanto a las relaciones carnales, ya que durante más de nueve años este hecho fue omitido en las pocas denuncias que hacía a personas de su confianza”, sumó el magistrado.
“Estoy cansada, pero no me van a quebrar”, dijo Fardin durante la conferencia brindada en las oficinas de Amnistía Internacional Argentina tras conocerse ese primer fallo, en la que confirmó que iba a apelar la sentencia. “Gracias por estar acá después de todo este tiempo. En clave judicial, hablan mis abogados, yo quiero hablar en clave social. Creo que el cambio que hicimos y del cual mi caso es solo un emergente, un ejemplo más, es una batalla que ganamos“, reflexionó la actriz, visiblemente movilizada. “Por supuesto que la Justicia va a ser el último bastión de un sistema históricamente violento y patriarcal. Le quiero pedir a todas esas personas que se atrevieron a romper el silencio, a hablar después de esa conferencia en 2018, que no sientan que esto los adoctrina. No me adoctrinan a mí, por favor, que no las adoctrinen a ustedes”, sumó.
Junqueira, abogada de Fardin ante la justicia brasileña, señaló en ese momento: “Hasta 2009, en Brasil se exigía la prueba de acceso carnal para un caso de violación. Luego se reformó y se dejó de exigir la prueba de penetración”. Como los hechos investigados se habrían producido a finales de 2009, el juez decidió en esa ocasión aplicar la ley anterior a 2010. “Es un fallo de primera instancia y por un tecnicismo. El fallo no habla de inocencia. Esta decisión, que es de primera instancia y se puede apelar en segunda y tercera instancia y en las cortes internacionales, no declara a Darthés inocente. Al contrario, el fallo fue muy claro al interpretar los hechos y las pruebas y considerar que sí hubo actos de violencia sexual. Si el hecho hubiese ocurrido después de 2010, la ley aplicable sería otra“, indicó.