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Excarcelaron a policías juzgados por sedición

El tribunal compuesto por los jueces Jorge Barbagelatta, Silvina Gallo y Darío Perroud que juzga a los 18 agentes policiales acusados de sedición en Concordia en diciembre de 2013 dispuso el cese de la prisión domiciliaria que mantienen desde el 5 de febrero de 2014.

 

Entre la serie de argumentos el tribunal expresó que los imputados llevan cumpliendo una prisión preventiva que ya lleva 16 meses, previéndose que por el curso que lleva el juicio se excederá el plazo legal de máximos 18 meses.

 

Tal como había solicitado abogado Alejandro Giorgio, con el acompañamiento de sus colegas defensores, el tribunal entendió que debía primar la presunción de inocencia hacia los acusados, indicando que permanecerán en libertad durante el tiempo que dure el proceso judicial que, se estima, se extenderá más allá de los 18 meses fijados por el código penal, contemplando la recusación tras la sentencia.

 

Barbagelatta, presidente del tribunal, argumentó que “ninguno de los testigos ha manifestado de forma alguna que se haya sentido amedrentamiento. Todos declararon libremente. Basta ver la extensión de las testimoniales”, indicando luego que “el pronóstico de entorpecimiento no se evidenció”.

 

Los jueces subrayaron que “la libertad sólo puede ser restringida cuando sea indispensable” se remarcó que los imputados llevan cerca de un año con prisión domiciliaria y que el tribunal en este tiempo no ha detectado su incumplimiento efectivo, “por lo que es un elemento positivo” a considerar.

 

En esa misma línea dijeron: “hemos notado que han obedecido las directivas dispuestas por el tribunal. No hubo interrupciones del orden” y tomaron como ejemplo que el imputado Sendra “compareció todas las veces aun estando en libertad, sin entorpecer el debate, ni a los testigos, llegando siempre a horario”.

 

Barbagelatta además informó que tomaron artículos de la Constitución Nacional, de la entrerriana y de tratados Interamericanos. “No avizoramos que pueda haber interferencia en la producción de las pruebas y vemos que el peligro es hipotético de que nuevos testigos podrían ser amedrentados”.

 

De esta manera el tribunal sustituyó la prisión domiciliaria por otra menos gravosa, evaluando así “la pluralidad de los casos” y disponiendo revocarla para todos los imputados, disponiéndose la libertad de los acusados.

 

Allí fue que se subrayó que en caso de incumplimiento de las medidas, se hará efectiva la preventiva en la Unidad Penal de Concordia. También que quedaba expresamente la prohibición de comunicarse con los testigos que ya declararon y mantener con ellos una distancia mínima de 200 metros.

 

Los 18 agentes también tienen la prohibición de salir del país y de la provincia, además de estar impedidos de concurrir a dependencias policiales.

 

Los acusados son el ex oficial de policía Carlos Zaragoza, y los policías Daniel Chávez, Hugo Troncoso, José Orlando Troncoso, José María Biderbos, Andrés Paredes, Ricardo Paredes, Gómez Luis Alberto, Luis Alberto Paredes, Luis Roberto Carlino, Esteban Cendra, Diego Diferding, Manuel Coutiño, Juan Manuel Rosas, Carlos Rosas, Juan Pedro Lacuadra, Romeo Valdez, Alfredo Imaz. La causa contra éstos fue caratulada como “Zaragoza, Carlos Daniel y otros s/ sedición, privación ilegítima de la libertad, daño calificado, robo agravado por la calidad de funcionario público e instigación pública”.