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Elecciones PASO 2023: qué se vota este domingo en Mendoza

Este domingo, vecinos de Maipú, San Rafael, San Carlos, Tunuyán, Lavalle, Santa Rosa y La Paz deberán decidir qué candidatos siguen en carrera para ocupar puestos municipales, es decir, intendente y concejales. Estas comunas inauguran el calendario electoral en Mendoza ya que decidieron desdoblar sus elecciones de las provinciales, que serán el 11 de junio.

Al tratarse de Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO), lo que se dirime son internas. Esto significa que, cada frente, presenta a sus precandidatos y es la ciudadanía la que termina decidiendo cuál de ellos se presentará en las elecciones generales del 3 de septiembre.

Datos para tener en cuenta
¿Quiénes votan?
Votan solo aquellas personas con domicilio en Maipú, San Rafael, San Carlos, Tunuyán, Lavalle, Santa Rosa y La Paz.

¿Qué se vota?
Se elegirán precandidatos a intendentes y concejales.

¿Es obligatorio ir a votar?
Sí, las elecciones PASO son obligatorias para todos los ciudadanos que tengan 18 años o más a la fecha de la elección. Votar es un derecho y un deber cívico de votar.

Es optativo y no obligatorio el voto para los jóvenes mayores de 16 años y menores de 18 años y los mayores de 70 años.

¿Dónde voto?
El padrón se puede consultar en el siguiente link

¿En qué horario puedo ir a votar?
Las mesas se abrirán a las 8 de la mañana y cerrarán a las 18.

¿Con qué documento puedo votar?
Libreta cívica, Libreta de enrolamiento, DNI libreta verde, DNI libreta celeste y DNI tarjeta.

¿Quiénes están exentos de la obligación de votar?
Los únicos ciudadanos que no están obligados a votar, pero si lo desean pueden hacerlo, son:

-Los menores de 18 y mayores de 16 años.
-Los mayores de 70 años.
-Los jueces y sus auxiliares que el día de la elección deban prestar servicios.
-Los que el día de la elección se encuentren a más de 500 km de distancia del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables.
-Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto electoral.

Quienes por razones de trabajo deban estar ocupados durante las horas del acto electoral, tienen derecho a obtener por parte de sus empleadores una licencia especial que les permita concurrir a emitir su voto y, eventualmente, desempeñar funciones en el comicio, sin que ello implique una deducción del salario ni recarga horaria posterior.

¿Qué hacer si no puedo votar?
Si el día de la elección estoy a más de 500 km del lugar en el que me corresponde votar, ¿qué trámite tengo que hacer para justificar que no voté?

En este caso, el mismo día en que se celebre la elección, el elector deberá asistir con su DNI a la comisaría más próxima del lugar en el que se encuentre, y exponer el motivo por el cual no se presentó a votar a los efectos de solicitar una certificación escrita que justifique su imposibilidad de votar. Dentro de los 60 días de celebrados los comicios, deberá presentar tal constancia ante la Secretaría Electoral Nacional sito en Av. San Martín 678, 4º piso, Ciudad de Mendoza en el caso de las elecciones Nacionales y en la Secretaría Provincial sito en Almirante Brown 1.926, Godoy Cruz para el caso de elecciones provinciales o municipales.

¿Qué deben hacer las personas que no puedan acudir a sufragar por enfermedad?

Quienes padezcan de una enfermedad que les impida asistir al acto electoral o se encuentren imposibilitados por fuerza mayor de cumplir con la obligación de votar, deberán justificar estas causales el mismo día de la elección mediante certificados emitidos por médicos de los servicios de sanidad nacional, provinciales o municipales o bien, si no existiera otra opción, se admitirá certificado expedido por médico matriculado que ejerza en el sistema privado de salud.

Los profesionales oficiales de referencia estarán obligados a responder el día del comicio al requerimiento del elector enfermo o imposibilitado, debiendo concurrir a su domicilio para verificar tales circunstancias y entregarle el certificado correspondiente.

Dentro de los 60 días de celebrada la elección, deberá presentar el certificado ante la Justicia Federal con Competencia Electoral sito en Av. San Martín 678, 4º piso, Ciudad de Mendoza, a fin de justificar debidamente su inasistencia.

Si el día de las elecciones tengo que trabajar, ¿puedo no votar?

No. Los que por razones de trabajo estén ocupados durante las horas del acto electoral, tienen derecho a obtener una licencia especial de sus empleadores para poder concurrir a emitir el voto o desempeñar funciones en el comicio, sin deducción alguna del salario ni ulterior recargo de horario.

El elector que, tanto en las Elecciones Primarias como en las Elecciones Nacionales, no cumpla con la obligación de votar y no justifique su inasistencia ante la Secretaría Electoral del distrito correspondiente, dentro de los sesenta (60) días posteriores a la elección respectiva:
• Será pasible de ser multado con una suma que va desde los cincuenta ($50) hasta los quinientos ($500) pesos.
• No podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la fecha de la elección.
• Si no paga la multa impuesta, no podrá realizar gestiones o trámites durante un año ante los organismos estatales nacionales, provinciales o municipales.

Estreno de la Boleta Única
Por primera vez, Mendoza utilizará en sus elecciones provinciales la boleta única, como parte de la modernización del instrumento electoral en el que se estructura el voto de la ciudadanía mendocina.

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