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El Gobierno de Milei derogó las resoluciones que exigían paridad de género en empresas y asociaciones civiles

El Gobierno de Javier Milei derogó cuatro resoluciones emitidas durante la gestión de Alberto Fernández que exigían la paridad de género en empresas y asociaciones civiles.

La decisión se oficializó en la Resolución General 13/2024 de la Inspección General de Justicia, a cargo de Daniel Roque Vítolo, que fue publicada este jueves en el Boletín Oficial. La norma deroga las normativas 34/2020, 35/2020, 42/2020 y 12/2021.

“La Inspección General de Justicia derogó las Resoluciones Generales IGJ Nº 34/2020, Nº35/2020, Nº42/2020 y Nº12/2021 que obligaban imperativamente a personas jurídicas privadas a tener igual número de hombres y mujeres en sus órganos de administración y fiscalización”, publicó Vítolo en sus redes sociales, cuya publicación fue reposteada por el presidente Javier Milei.

En ese marco, Vítolo destacó que “la obligación de tener hombres y mujeres en igual número en personas jurídicas creadas por particulares había sido invalidada por la Justicia tanto en el fuero Comercial y en el Contencioso Administrativo Federal, por sentencias firmes donde los camaristas señalaron que la IGJ había invadido facultades del Congreso”.

“No es facultad del Poder Ejecutivo decirle a los particulares cómo deben constituir los órganos de las personas jurídicas que constituyen, cuando tienen la libertad que para ello les asigna la Constitución nacional”, enfatizó.

Para el inspector general de Justicia de la Nación, “igualdad de oportunidades y de acceso no es sinónimo de que el estado le diga a las personas quiénes deben dirigirlas en su actividad privada”.

“La IGJ durante el gobierno anterior interpuso recursos extraordinarios ante la Corte para defender su posición y esos recursos fueron denegados, con lo que las sentencias que declararon la nulidad están hoy vigentes. La decisión de IGJ de respetar los fallos judiciales es una muestra clara de respeto a la institucionalidad”, concluyó.

En la resolución publicada este jueves, el Gobierno planteó “el sentido de declarar la invalidez de las normas cuestionadas en razón de la existencia de una incompetencia por parte del órgano administrativo para disponer —como lo hizo la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA— normas imperativas en esta materia”.

“Ese cupo automático no sólo importó imponer una obligación a quienes antes no la tenían, sino también descartar a otros postulantes por el solo hecho de no pertenecer al grupo tutelado, postergando —en su caso— a otros colectivos que pudieran encontrarse en similar grado de vulnerabilidad”, agrega la normativa.

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