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Buses Paraná presenta medidas de emergencia: suspensiones, congelamiento de salarios y pago de aguinaldo en cuotas

Las compañías integrantes de Buses Paraná han solicitado un procedimiento preventivo de crisis debido a la falta de recursos a nivel nacional, lo que tendrá un impacto en el servicio.

El pasado viernes, Buses Paraná, concesionarias del servicio de transporte público en la capital entrerriana, presentaron ante la Secretaría de Trabajo de Entre Ríos un procedimiento preventivo de crisis. En este marco, solicitan la posibilidad de llevar a cabo suspensiones de personal y pagar el aguinaldo en cuotas, entre otras medidas. Se espera que se fije una fecha de audiencia entre las partes.

“Los cambios en la economía nacional, los compromisos asumidos en el proceso licitatorio de renovación de unidades, la eliminación de los subsidios nacionales que modificaron las condiciones contractuales, los congelamientos de tarifas, las restricciones por las medidas de emergencia sanitaria de la pandemia y las pérdidas económicas ocasionadas por la disminución de pasajeros transportados y el compromiso de cumplir con las paritarias, entre otros factores”, argumentaron.

En la misma línea, indicaron que “con el objetivo de preservar los puestos de trabajo vinculados al servicio público de transporte urbano de pasajeros en ómnibus de la ciudad de Paraná, proponen implementar una serie de medidas”.

Medidas de Buses Paraná ante la crisis:

  • Suspensión del 33% del personal de conducción, con el pago del 50% del salario básico según la escala de octubre de 2023, de acuerdo con los artículos 218, 219, 221 y 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo, por un período de 120 días o hasta que se resuelva y restablezca la ecuación económica de la empresa. La suspensión se aplicará de manera rotativa al personal afectado, buscando equilibrar el impacto de dicha medida. La rotación propuesta será de 30 días.
  • Congelamiento de los salarios de los trabajadores no suspendidos, según la escala de octubre de 2023, proveniente de las paritarias del 01/11/2023.
  • Pago de la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario en tres cuotas iguales y consecutivas el 10 de enero, el 10 de febrero y el 10 de marzo de 2024.
  • Pago como asignación no remunerativa, en los términos del artículo 223 bis de la LCT, del 90% de los salarios que se abonen al personal suspendido.

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