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AFIP intensifica controles sobre casas de juegos de azar y apuestas

A través de la resolución 3510, publicada hoy en el Boletín Oficial, crea un régimen de información sobre la explotación del sector para fiscalizar sus actividades La iniciativa, que lleva la firma del titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, establece la creación de un “registro y régimen de información respecto de la explotación de juegos de azar y apuestas” con el fin de “profundizar el control fiscal sobre las rentas o ingresos provenientes” de ese sector.

 

En tal sentido, añade la resolución 3510, “como ya se ha efectuado en otros rubros de la economía, resulta propicio establecer un régimen que permita contar con la información de las operaciones realizadas por tales explotaciones, a través de sistemas informáticos definidos para ese fin”.

 

El monitoreo de las cuentas regirá para los bingos, casinos y las apuestas de dinero que se realizan vía internet, celulares o telefonía fija. No abarca, sin embargo, a las apuestas en Hipódromos, los sorteros de las loterías, las quinielas, rifas y similares, y los concursos realizados a través de medios masivos de comunicación (gráfico, radial o televisivo).

 

A continuación, el detalle de los datos que las casas de juego deberán enviar al fisco diariamente:

 

a) Para máquinas electrónicas de juegos de azar y apuestas automatizadas y máquinas tragamonedas o slots: los ingresos “coin in” y los egresos “coin out”, “jackpot”, y el valor unitario equivalente en pesos, discriminado por cada una de las máquinas instaladas.

 

b) Para juegos de “mesas de paño” o “mesas vivas”: la ganancia bruta obtenida de la explotación de las mismas por cada una de las mesas y tipo de juego.

 

c) Para juegos de Bingo: la cantidad y valor de cartones vendidos, detallando “desde y hasta” del número y serie de los cartones vendidos y los premios pagados por la explotación de este juego.

 

d) Para juegos por “Internet”: el total de apuestas y premios pagados, discriminado por juego o tema.

 

e) Para juegos por telefonía fija o móvil: el total de apuestas y premios pagados discriminados por juego o tema.

 

Para todos los tipos de juegos, en forma discriminada por cada uno de ellos, el Balance del Tesoro o Caja Principal determinado por el Balance de Apertura, aperturas, reposiciones, cierres y rendiciones parciales de Cajas, “Fill” y “Drop” de Terminales y Mesas, Aportes y Retiros de Capital, y Balance Final del mismo.

 

“A fin de suministrar la información indicada, los sujetos alcanzados deberán actualizar o implementar un sistema de gestión interno por cada “punto de explotación”, que permita generar y brindar la información requerida por esta Administración Federal, ajustándose a las especificaciones técnicas informáticas y de seguridad que se establecerán oportunamente”, indica el artículo 13 de la resolución difundida hoy.

 

Y añade que a los efectos de dar cumplimiento a las obligaciones previstas en esa resolución general, las entidades alcanzadas podrán hacerlo a través de la contratación, a su costo, de un proveedor de servicios, el cual “deberá ser habilitado por la AFIP”.

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