Maran Suites & Towers

AFIP inducirá al blanqueo y dirá qué sabe sobre cada contribuyente

La AFIP, que dirige Alberto Abad, implementará una inducción para que los contribuyentes con dinero o bienes en negro sobre los que el organismo tenga datos ingresen al blanqueo. Habrá un espacio en la página de Internet de la AFIP similar a la que se implementó para la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias de mayo y junio, con un botón de “Ganancias – Nuestra parte”, en la que el fisco informaba al contribuyente todos sus consumidos y éste sólo debía decir si estaba de acuerdo y generar la liquidación.

 

En este caso será “Sinceramiento Fiscal – Nuestra Parte”, y se ingresará al servicio con clave fiscal. Allí el contribuyente encontrará los activos no declarados de los que tenga conocimiento la AFIP y la información con que cuente el organismo proveniente de otros fiscos, por ejemplo, rentas que se tuvieron en el exterior o inmuebles.

 

También aparecerán las fiscalizaciones y el estado en que se encuentran, ya que con el ingreso en el blanqueo se darán por terminadas.

 

De todos modos, pueden anotarse en el blanqueo individuos que no estén inscriptos en la AFIP.

 

Los beneficios del blanqueo son la liberación de toda acción civil y delitos por Ley Penal Tributaria, Penal Cambiaria, Aduanera e infracciones administrativas. Además, los bienes declarados no estarán sujetos al castigo económico por el incremento patrimonial no justificado.

 

Por otra parte, se liberarán de los impuestos a las Ganancias, Salidas no documentadas, Ganancia Mínima Presunta, Impuesto sobre la transferencia de Inmuebles, al cheque, Impuestos internos, IVA, contribución sobre cooperativas y Bienes Personales al 31/12/2015.

 

La condición es que, en caso de que la AFIP detecte algún activo o bien al 31/12/2015 que no fue exteriorizado, decaerán todos los beneficios.

 

Un sistema similar al del blanqueo se utilizará para la moratoria. El contribuyente ingresará con clave fiscal a un menú donde le dirán cuál es su deuda exigible (sólo capital), incluyendo planes de facilidades de pago caducos; deuda no amortizada de planes de facilidades de pagos vigentes (sólo capital), y deuda aduanera.

 

De ahí en más la deuda migra sola a la moratoria, el contribuyente sólo deberá hacer click en el concepto que decida dejar afuera. En concreto, sobre la deuda exigible y la deuda aduanera, se podrá aceptar o modificar. En cuanto a los planes de facilidades de pago en curso, se deberá elegir los planes a reformular, y el saldo adeudado de cada plan se reformula automáticamente.

 

La AFIP facilitará “simuladores” a los contribuyentes para que elijan entre las distintas alternativas que ofrece la Ley de Sinceramiento Fiscal:

 

– Pago al contado, con 15% de descuento.

– Plan de facilidades de pago general: 5% de anticipo, interés de 1,5% y hasta 60 cuotas.

– Plan para micro y pequeñas empresas: 10% de anticipo, tasa pasiva del Banco Nación y hasta 90 cuotas.

– Plan para medianas y grandes empresas: 15% de anticipo, tasa pasiva del Banco Nación con piso de 1,5% y hasta 90 cuotas.

– Emergencia agropecuaria: sin anticipo, interés de 1% y hasta 90 cuotas.

 

El sistema calcula los intereses con las reducciones que ofrece cada alternativa de la moratoria, pero el plan no se consolida hasta que se ingresa el pago a cuenta, para evitar problemas que hubo en otros perdones fiscales.

 

Las deudas sufrirán un recargo sobre el capital adeudado del 10% para el período 2015; de 25% para 2013 y 2014; de 50% para 2011 y 2012, y de 75% para 2010 y anteriores. Esto implica una fuerte reducción de los intereses resarcitorios.