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AFIM: una gran noticia para los pequeños contribuyentes

Nos enteramos TARDE, pues la Municipalidad NO tiene en cuenta a Cuestión Entrerriana como medio difusor de su gestión, pero habituados a catalogar y clasificar la trascendencia de la información surgida desde la Comuna, concebimos que, la noticia inherente al nuevo régimen simplificado para pequeños contribuyentes, es de enorme relevancia.

 

La medida, dispuesta por decreto Nº 1802/12, beneficia a pequeños contribuyentes que verán reducidos su costo fiscal hasta un 70%. Además facilita los trámites ante el fisco, excluye la obligación de presentar declaraciones juradas mensuales y facilita la recepción mensual de la boleta en su domicilio, pudiendo pagarla en cualquier boca de cobro: Banco Nuevo Bersa, Tesorería Municipal, Pago Fácil, RapiPago o debitarla de su cuenta bancaria.

 

A partir de enero próximo unos 3500 pequeños comerciantes y microempresarios de la ciudad de Paraná podrán beneficiarse con una reducción significativa de lo que actualmente abonan en concepto de Tasa por Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad.

 

Se trata de la puesta en vigencia del Régimen Simplificado que beneficiará a un segmento de contribuyentes pequeños que, a su vez, estén inscriptos en el conocido monotributo nacional hasta la categoría G inclusive, posean un local con hasta un empleado, y no se trate de actividades reguladas por mínimos especiales.

 

Sobre este tema, el Secretario de Hacienda, Sergio Daniel Granetto, indicó que se espera que “alrededor de un 30% del padrón que hoy tributa bajo esta Tasa, opte por pasarse al Régimen simplificado por 2 razones claras: el menor costo y por ser muchísimo más sencillo, ya que no hay necesidad de presentar declaraciones juradas todos los meses debido a que se paga una cuota fija y la boleta le llegará al domicilio del contribuyente”.

 

Según Granetto, el nuevo régimen también le permitirá al municipio “simplificar la administración tributaria y poner foco a través de la fiscalización en los contribuyentes de mayor significatividad en términos de actividad o niveles de riesgo fiscal, optimizando nuestros recursos humanos y materiales”.

 

Con la puesta en marcha del nuevo esquema, se continúa en la senda que estableció la Ordenanza Tributaria 2012, en la cual “planteamos la necesidad de aplicar el concepto de progresividad, y hacerlo de modo efectivo, esto es una muestra concreta de eso, ya que apunta a acompañar con menores costos a los pequeños comercios de la ciudad”, subrayó el secretario de Hacienda.

 

El diseño planteado en el nuevo régimen, que recibió el aporte de la delegación local del Consejo Profesional de Ciencias Económicas, prevé 3 categorías: A, B y C, alcanzando en la última a las empresas que facturen hasta 120.000 pesos anuales de ingresos, que posean hasta 150 metros cuadrados de superficie, que consuman hasta 16.500 Kw de energía eléctrica en el año, y que tengan alquileres pagados por 27.000 pesos anuales.

 

Exención por 6 meses

 

Por su parte, el Subsecretario del área, Nicolás Brunner agregó que “es para destacar que se prevé una exención por 6 meses, que es automática, para los emprendimientos más chicos que inicien actividad, como una forma de impulsar el nacimiento e instalación de nuevos comercios y empresas. Es un momento donde el nuevo emprendimiento tiene muchos costos y la idea es poder acompañarlos con una exención esos primeros meses”, señaló.

 

El municipio proyecta avanzar durante diciembre con rondas de consultas y en la difusión social de la iniciativa. En este sentido, se informó que a partir del próximo lunes ya se podrán realizar en la AFIM las consultas para concretar el empadronamiento en el nuevo régimen y acceder a estos beneficios a partir del primer día de enero.

 

Beneficios del nuevo régimen

 

El nuevo régimen traerá aparejado los siguientes beneficios:

 

· Una significativa reducción del costo fiscal a los pequeños contribuyentes, que pasarán de pagar un mínimo de $150 a $43,20 mensual, es decir una disminución del 70% para los contribuyentes de la categoría menor.

 

· Facilidad en los trámites. No deberán presentar declaraciones juradas mensuales.

 

· La boleta se llevará mensualmente al domicilio del contribuyente, pudiendo pagarla en cualquier boca de cobro: Banco Nuevo Bersa, Tesorería Municipal, Pago Fácil, RapiPago o debitarla de su cuenta bancaria.

 

· La cuota mensual es fija y de acuerdo a la categoría que le corresponda.

 

· No son pasibles de retenciones por esta tasa.

 

· Las actividades que se inician podrán tener 6 meses de exención, promoviendo de esta manera el nacimiento de emprendimientos.