Oil: para la fiscalía, juicio no inicia en “una situación ideal”
|La fiscalía consideró que “no es la situación ideal” la que enmarca el comienzo del juicio oral por la supuesta defraudación de la petrolera Oil Combustibles, ante las quejas de las defensas de Ricardo Echegaray y de los empresarios Cristóbal López y Fabián De Sousa.
La referencia fue un reconocimiento explícito a los obstáculos que genera el retraso de la segunda parte de la investigación sobre todos los funcionarios de la AFIP que participaron del proceso de otorgamiento de planes de pago a la empresa cuya situación procesal está en un limbo y sobre la ausencia de precisiones sobre la fecha de finalización de una pericia contable que fue encargada por el Tribunal Oral Federal N°3 y que no había sido realizada antes de la elevación a juicio.
De todas formas, al igual que la AFIP en su rol de querellante, el Ministerio Público Fiscal pidió que los magistrados no suspendan las audiencias y que avance el juicio. Pero dejaron a salvo que, si se justifica, testimonios y pruebas puedan ser incorporados sobre la marcha, pero más adelante.
El TOF 3 prefirió no apresurarse y difirió para la próxima semana su pronunciamiento acerca de los pedidos de nulidad de las defensas y de las respuestas que dio el abogado Alejandro Carrió (por AFIP) y por parte del fiscal Juan Patricio García Elorrio. Lo más probable es que difieran parte de los reclamos –sobre los que ninguno de los acusadores negó relevancia- al momento de la sentencia y que prosigan con el juicio a la espera de que se encarrile luego de la feria judicial.
La fiscalía buscó explicar mediante el derrotero cronológico de presentaciones sucesivas de Elisa Carrió cómo es que finalmente el caso quedó en manos de Julián Ercolini para rebatir que hubiese existido una maniobra de fórum shopping como denunciaron los abogados de los tres acusados. Pero García Elorrio, en su réplica, también señaló que el Ministerio Público “ya advirtió” al Tribunal el problema del “desdoblamiento” de la causa y enumeró que había solicitado conocer “todo lo que pudiera ampliar la prueba” dentro de esa investigación secundaria.
Hasta que había solicitado acceder para revisarlo durante 72 horas para detectar elementos que sirvieran al juicio contra Echegaray, López y De Sousa. Lo justificó con un “mejor orden del proceso” y un “criterio racional” de la incorporación de la prueba.
Lo mismo para la pericia contable sobre Oil en la que insistió en que se le brinde “plazo estimado de la duración del informe” que deben presentar los expertos. Hay estimaciones pero ninguna certeza.
En la actualidad, los funcionarios de AFIP que participaron del proceso administrativo de aprobación de los planes de pago y refinanciación de las deudas de la petrolera por los que se inició el juicio están investigados en un expediente aparte pero como coautores, junto a Echegaray, del delito de defraudación.
Hay 7 procesados y 12 con falta de mérito lo que significa que su situación procesal no está firme porque la decisión de Ercolini está apelada a la Cámara Federal y están lejos de arribar a la etapa de juicio. Esto genera que por un lado no pueden ser juzgados en el tramo ya elevado, pero tampoco pueden ser citados como testigos en el juicio, lo que crea una paradoja porque fueron parte del mismo hecho que se está discutiendo.
Recomendó que el TOF “examine de manera actualizada los recursos y planteos pendientes” antes de tomar una decisión con respecto a “levantar” las audiencias y se mostró abierto a que se pidan más medidas de prueba. Aun así relativizó la importancia de convocar a declarar a los directores de agencias de AFIP que firmaron una carta defendiendo su accionar en el caso Oil y en el resto de las autorizaciones de planes por el denominado artículo 32.
La AFIP también se había mostrado en contra de que se los convoque al juicio –pese a que podrían testimoniar si hubo irregularidades en Oil- y adujo un curioso argumento: ningún otro caso de los 1648 planes otorgados por AFIP a personas físicas y jurídicas por el Artículo 32 fueron por deudas específicas en el Impuesto a Combustibles Líquidos. Por esto no sería relevante que se los cite.