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UADER: detalle de Elecciones Claustro Docente

Este viernes 30 de noviembre se eligen los docentes que integrarán los Consejos Directivos de cada Facultad y los docentes (titular y suplente) que integrarán el Consejo Superior de la Universidad Autónoma de Entre Ríos.  Un repaso de las preguntas y respuestas de mayor relieve.

 

¿Quiénes votan el 30?

 

Los Docentes de la FHAyCS que se encuentren en los Padrones por categoría:

1. Titulares/Asociados

2. Adjuntos

3. Auxiliares/JTP

CONSULTAR LOS PADRONES EN www.fhaycs-uader.edu.ar

 

¿Cuál es el horario de votación?

 

De 8:00 a 18:00 horas

 

¿Qué se vota?

 

Consejeros Docentes por categoría:

Titulares/Asociados: 4 consejeros

Adjuntos: 3 consejeros

Auxiliares/JTP: 2 consejeros.

Un Consejero Docente al Consejo Superior

A este candidato lo votan las 3 categorías docentes (Titulares/Asociados; Adjuntos; Auxiliares/JTP) y se emite como un voto aparte, en una urna especial.

 

¿Cómo se vota?

 

En la Mesa de tu categoría docente habrá dos urnas:

Una para emitir el voto a Consejo Directivo

Otra para emitir el voto a Consejero Superior

 

«Los profesores Titulares y/o Asociados, Adjuntos y Jefes de Trabajos Prácticos y/o Auxiliares Docentes inscriptos en padrones separados, votarán sus respectivos candidatos a Consejeros ante el Consejo Directivo» (Artículo 36°  Estatuto Académico Provisorio UADER y Artículo 24 de la Ordenanza N° 45/2011)

«La elección se hará mediante boletas que se depositarán personalmente en urnas distintas…» (Artículo 37°  Estatuto Académico Provisorio UADER y Artículo 24° de la Ordenanza N° 45/2011)

 

Las autoridades de Mesa entregarán 2 sobres a cada docente que deberá:

-poner un voto en la Urna de Consejeros para su categoría

-poner un voto en la Urna para Consejeros superiores

 

¿Dónde se vota?

 

En las Mesas dispuestas por la Junta Electoral para cada categoría por Sedes:

 

SEDE PARANÁ:

Escuela Normal José María Torres: una mesa por categoría

 

SEDE CONCEPCION DEL URUGUAY:

Escuela Normal: una mesa por categoría

 

En las sedes Gualeguaychú y Concordia se adoptará la modalidad de voto en tránsito. No habrá urnas, y los votos serán escrutados directamente por la Junta Electoral de la Facultad. En este caso los docentes, también votan para Consejo Directivo y Superior, de la misma forma que en las Sedes Paraná y Concepción del Uruguay

 

¿Siendo de la sede Uruguay se puede votar en Paraná o al revés?¿Se puede votar en las Sedes Concordia y Gualeguaychú?

 

Sí. En el supuesto que un docente de una Sede se encuentre circunstancialmente en la localidad donde se asienta otra de las Sedes de la Facultad, puede votar en dicho lugar, mediante la modalidad de voto en tránsito. Siendo su voto escrutado, como en el caso de las Sedes Concordia y Gualeguaychú, por la Junta Electoral de la Facultad en el escrutinio definitivo.

 

¿Qué se debe llevar para votar?

 

Documento Nacional de Identidad o Cédula de Identidad de la Policía Federal

(Artículo 11° de la Ordenanza N° 45/2011). En el caso de los extranjeros podrán hacerlo también a través de su Pasaporte.

 

¿Es obligatorio votar?

 

«El voto es secreto y obligatorio, no se puede votar por poder y/o correspondencia…» (Artículo 11° de la Ordenanza N° 45/2011).

 

Quien no vote será  suspendido por dos (2) días sin goce de haberes; circunstancia que será registrada en su legajo personal. (art. 25 Ord. 045 UADER)

 

¿Qué pasa  si un docente del padrón no vota?

 

Según consta en el Artículo 25º del Régimen Electoral de la Universidad, Ordenanza 045 UADER:

«Los electores que no hayan asistido al acto eleccionario, o que asistiendo no votaren, deberán presentar el correspondiente certificado justificando su inasistencia dentro de los cinco (5) días posteriores al comicio ante la respectiva Unidad Académica, bajo apercibimiento de aplicarse las sanciones vigentes. Se tendrá por justificada la inasistencia si el elector presenta constancia oficial de encontrarse el día de la elección a una distancia mayor a doscientos (200) kilómetros del lugar del sufragio correspondiente, o con sola presentación de un certificado donde conste en forma fehaciente la imposibilidad de concurrir al lugar fijado para llevar a cabo el comicio.

Los Consejos Directivos y/o el Consejo Superior, según el caso, serán los órganos competentes para juzgar los motivos esgrimidos por la no concurrencia, fijándose como sanción la suspensión del docente por dos (2) días sin goce de haberes; circunstancia que será registrada en su legajo personal.»

 

Una vez realizada la votación, ¿cómo se realizará la distribución de los cargos?

 

Para el  Consejo Directivo, «la distribución de los cargos se realizará por el sistema de representación proporcional D’Hont» (Artículo 37°  Estatuto Académico Provisorio UADER y Artículo 24° de la Ordenanza N° 45/2011)

 

Para el Consejo Superior «las designaciones se harán a simple pluralidad de sufragios, y en caso de empate, por sorteo» (Artículo 37°  Estatuto Académico Provisorio UADER y Artículo 24° de la Ordenanza N° 45/2011)