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“Municipio que no paga, se le retiene la coparticipación”

El reclamo de aportes previsionales a la municipalidad de Paraná que realizó la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la provincia, se enmarca en “el respeto a rajatabla del principio de que al municipio que no paga se le retiene la coparticipación, y esto es defender los derechos de los jubilados. Nuestro reclamo es jurídico, no político”, afirmó el presidente del organismo, Daniel Elías.

En un parte de prensa, el funcionario destacó que “la política que lleva adelante la Caja es la misma que hemos tenido desde diciembre del  2003 por instrucción del propio gobernador de entonces, Jorge Busti” y señaló que “el reclamo al municipio de Paraná se enmarca en una política de blanqueo de los adicionales después de la reforma de la Constitución que han realizado de forma abrumadora la casi totalidad de los municipios entrerrianos que debe incluir al municipio paranaense”.

Sin embargo aclaró que “estamos dispuestos a seguir trabajando con este municipio y con todos los demás para encontrar una salida porque si algo está claro es que no queremos perjudicar la vía normal, habitual de ningún municipio, mucho menos de Paraná. Pero también está claro que debemos y es nuestra obligación custodiar los fondos del sistema previsional con la misma vehemencia y convicción que lo hacemos con cada tema”.

Incremento salarial remunerativo

Expresó Elías que “no hace falta llegar a la Justicia para darse cuenta que si en un aumento salarial, la norma dispone que sea no remunerativo y no da ninguna otra razón y ningún otro fundamento, hay sobrada jurisprudencia administrativa y judicial que claramente nos obliga al sistema previsional a incorporarlo al haber del jubilado porque lisa y llanamente es un incremento salarial”.

También agregó que  “desde fines de 2008 hasta hoy, el municipio le está pagando un aumento a las categorías más bajas como no remunerativo y a las categorías más altas como remunerativo. Esto nos ha colocado en la obligación de no discriminar como lo hizo el municipio y de trasladar este aumento a todos los jubilados. Es un concepto que lo venimos pagando desde fines del año 2008 a toda la población de jubilados”,  detalló.

El funcionario dijo que su deber “es cumplir con la ley de Jubilaciones que ordena también que el presidente de la Caja de Jubilaciones tiene facultades para determinar cuándo un concepto es remunerativo y no remunerativo, además de tener la obligación de perseguir el cobro de los aportes y contribuciones cuando define que una masa salarial tiene que estar sujeta a aportes y contribuciones”.

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