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¿Violó el Código Electoral De la Sota?

El apoderado de la UCR, Diego Frossasco, dijo que José Manuel de la Sota violó el Código Electoral Nacional porque promueve la captación del sufragio utilizando publicidad gubernamental.

En una por lo menos insólita publicidad de campaña, presentada por el Gobierno como mensaje oficial de la Provincia, José Manuel de la Sota pidió a los cordobeses que voten por los candidatos a diputados nacionales de Unión por Córdoba, aunque no mencionó a los dirigentes que integran la lista.

El spot fue difundido mientras el Gobierno se dispone a pagar a medios de comunicación de Córdoba y de Buenos Aires más de 48 millones de pesos en publicidad oficial ya emitida. “Está claro que nuestros mayores problemas de hoy vienen de allá, de la Rosada. Así que ahora tenemos que ir allá, a Buenos Aires. A dar el último tramo de nuestra lucha. Para que se escuche nuestra tonada y se sienta nuestra dignidad en el recinto de la Cámara de Diputados. Te pido que votes por vos, por tu familia, por tu tierra, por tus afectos. Votá por quienes más te aseguren que van a defender tu Córdoba”, dijo De la Sota apelando directamente el electorado cordobés.

El tenor del spot que fue difundido por los canales de televisión a las 21 provocó la reacción del apoderado de la Unión Cívica Radical, Diego Frossasco, quien aseguró que denunciará a De la Sota ante la Justicia Electoral Federal con sede en Córdoba por supuesta violación del artículo 133 bis,  del Código Electoral Nacional.

La ley vigente prohíbe expresamente confundir Estado con partido, situación que el gobernador zanjó días pasados diciendo que los candidatos asisten a los actos de Gobierno como ciudadanos comunes. “De la Sota no puede pedir el voto desde una publicidad del Gobierno. Lo que hizo es una locura, es increíble”, señaló el radical anoche a este diario. “Le corresponden entre uno y diez años de inhabilitación para ejercer cargos públicos”, agregó.

El mencionado artículo 133 bis del Código Electoral Nacional, dice: “Los funcionarios públicos que autorizaren o consintieran la publicidad de actos de gobierno en violación de la prohibición establecida en el artículo 64 quater, serán pasibles de inhabilitación de uno (1) a diez (10) años para el ejercicio de cargos públicos”.

El viernes, los apoderados de la UCR ya habían presentado una denuncia ante el juez federal Nº 1 con competencia electoral, Ricardo Bustos Fierro, para que ordene suspender dos spots oficiales del gobierno provincial donde aparece y es nombrado el primer candidato a diputado nacional de UPC, Juan Schiaretti.

“De la Sota es un violador serial de normas electorales”, dijo Frossasco y recordó que en 2003, durante su fracasada campaña para convertirse en el candidato presidencial del PJ, De la Sota fue condenado por la Cámara Nacional Electoral por violar normas electorales.