Valiero se refirió al régimen de regularización tributaria
|El ministro de Economía, Hacienda y Finanzas, Diego Valiero, aseguró que el régimen de regularización tributaria, que se pondrá en marcha el 1 de marzo y que comprende a todas las categorías de contribuyentes, “es un reconocimiento de parte del Estado ante la situación que se vivió en 2009”.
“El Poder Ejecutivo, a través del decreto 127 –hecho en febrero-, instrumentó un régimen de regularización tributaria para que todos aquellos que estén en mora en el pago de los tributos ante la Dirección General de Rentas (DGR) puedan disponer su ingreso al mismo”, comentó el ministro.
Precisó luego que “los motivos que llevaron al gobierno provincial a instrumentar este régimen fue porque el anterior -que contemplaba las obligaciones tributarias adeudadas al 31 de diciembre del 2008- venció el año pasado, y si bien estaba previsto que todas las regularizaciones las contemple este régimen, en 2009 hubo diferentes hechos y circunstancias, como la sequía, la crisis internacional y la gripe A, que afectaron gravemente a la economía de los actores provinciales: productores, emprendedores, comerciantes y las mismas familias”.
En ese marco, a nivel nacional se implementó un régimen de regularización de facilidades de pago (comprendiendo periodos del 2009) para la deuda con la Administración Fiscal de Ingresos Públicos (AFIP), y la Federación Económica y otras entidades que nuclean a empresarios de la provincia plantearon al gobierno entrerriano la necesidad de extender el alcance de aquel régimen.
De este modo, a través del decreto 127, se dispuso -desde el 1 de marzo hasta el 15 de abril- la posibilidad de condonar en la Dirección General de Rentas (DGR) hasta el ciento por ciento de las multas. Con posterioridad y de acuerdo a la forma de pago que se opte, se tendrán una serie de beneficios. Por ejemplo, quienes ingresen al régimen abonando al contado y en tres cuotas pagarán 30 por ciento de los intereses adeudados; quienes lo hagan en seis o en doce cuotas abonarán el 50 por ciento de los intereses, y si lo hacen en veinticuatro cuotas abonarán el 70 por ciento de los intereses devengados de la deuda hasta la fecha de acogimiento.
Valiero consideró que si bien “no es tan beneficio como el anterior, en términos generales implica un reconocimiento de parte del Estado ante la situación que se vivió en 2009. Queremos reinsertar en la estructura de tributo para que puedan continuar pagando porque es una conducta que muchos quieren tener, pero muchas veces no lo pueden hacer por ciertas circunstancias”, acotó.
Todas las categorías de contribuyentes pueden optar por este beneficio. Están comprendidos Ingresos Brutos, Impuesto Inmobiliario Urbano y Rural, Sellos, Automotor y otros impuestos como las contribuciones de la Ley 4035.
El régimen de regularización tributaria estará vigente desde el 1 de marzo hasta el 15 de abril, y será desde esa fecha porque -a partir de este decreto que lo instrumenta la Dirección General de Rentas- habrá una resolución que detalle los pasos, formularios y procesos que administrativamente deben cumplirse para la inclusión. Esto se publicará en los próximos días y las delegaciones de la DGR de cada una de las ciudades estarán al tanto de cómo será la aplicación de la misma.
Por su parte, el titular de la DGR, Guillermo Lisnesky, reiteró que “ante el atraso de pago de las obligaciones corrientes y de algunas tomadas en el plan anterior -vigente el año pasado a través del decreto 387-, con este régimen se da la posibilidad a los contribuyentes de regularizar su situación, sobre todo aquellas que devienen del ejercicio fiscal 2009”.
“El régimen es un complemento de la regularización del decreto 387 y condona multas al ciento por ciento y ofrece una reducción gradual de intereses en función del plazo con que se tome el plan”, dijo el funcionario y acotó que “aquella persona o contribuyente que tomó un plan con el decreto 387, deberá tener al día los pagos de ese plan de facilidades para poder entrar con el ejercicio 2009”.