Manuel Adorni recién informó este mes ante la Oficina Anticorrupción (OA) la casa del country Indio Cua que su esposa había comprado el 15 de noviembre de 2024, pese a que debía haberla consignado en el anexo reservado de su declaración jurada del año pasado.
De acuerdo con fuentes oficiales, el jefe de Gabinete omitió presentar el apéndice reservado de su DD.JJ., donde corresponde detallar los bienes inmuebles del cónyuge, junto con la parte pública que sí entregó a la OA el 4 de agosto de 2024.
La casa de Indio Cua y la rectificación tardía
Bettina Angeletti, esposa de Adorni, compró la vivienda en el country Indio Cua, en Exaltación de la Cruz, el 15 de noviembre de 2024. Esa incorporación al patrimonio familiar debía figurar en el anexo reservado de la declaración jurada patrimonial del funcionario, pero no fue declarada en tiempo y forma.
Adorni dio cuenta por primera vez de la casa ante la OA recién este mes, cuando la causa por presunto enriquecimiento ilícito en su contra ya estaba avanzada y después de que la Justicia le solicitara al organismo anticorrupción la totalidad de la documentación presentada por el funcionario.
Tras recibir la nueva información, la OA remitió la documentación adicional al juzgado de Ariel Lijo y a la fiscalía de Gerardo Pollicita la semana pasada, indicaron a colegas de LA NACION fuentes al tanto de esos movimientos.
El mismo medio había revelado el mes pasado la adquisición de la casa de Indio Cua a nombre exclusivo de Angeletti, a partir de un trámite regular ante la Dirección Provincial de Registro de la Propiedad bonaerense. Según esos registros públicos, la mujer del jefe de Gabinete figura como titular de la Unidad Funcional 380 de Indio Cua desde el 15 de noviembre de 2024, cuando se la compró a otro particular.
La documentación catastral consigna además la fecha de nacimiento y la nacionalidad de Angeletti, y deja asentado que, al momento de la compra, estaba casada con Manuel Adorni.
El préstamo de US$100.000 y las operaciones inmobiliarias
En el marco de la investigación, la escribana del matrimonio, Adriana Nechevenko, declaró el miércoles pasado ante el fiscal Pollicita y brindó detalles sobre distintas operaciones inmobiliarias en las que intervino para la pareja.
Una de esas operaciones fue la compra de la casa de Indio Cua. Otra, un préstamo de US$100.000 que dos mujeres le otorgaron a Adorni y Angeletti, con garantía hipotecaria sobre el departamento de la avenida Asamblea en el que entonces vivían.
Ese préstamo con hipoteca se formalizó, según documentación a la que accedió LA NACION, el mismo 15 de noviembre de 2024, día en que Angeletti adquirió la casa del country de Exaltación de la Cruz.
Nechevenko declaró que el crédito de US$100.000 se destinó a cubrir parte del precio de la vivienda de Indio Cua y que fue ella quien presentó a las prestamistas a Adorni, a pedido del propio funcionario, que le había solicitado que le consiguiera el financiamiento.
Según su testimonio, el jefe de Gabinete y su esposa se comprometieron a devolver el dinero en 24 meses, con un interés del 11% anual. Esa versión fue ratificada en los tribunales de Comodoro Py por las prestamistas, Graciela Molina, comisaria retirada de la Policía, y su hija, Victoria María José Cancio.
De acuerdo con fuentes con acceso a las declaraciones, las dos mujeres señalaron que era la primera vez que realizaban una operación de este tipo con Nechevenko, con quien mantienen una relación de escribana-clientas desde hace muchos años. Tanto la escribana como las acreedoras informaron que, hasta ahora, Adorni y Angeletti pagaron US$30.000 del préstamo.
Obligaciones legales y posibles sanciones
La nota recuerda que la Ley de Ética Pública obliga a los funcionarios a declarar no solo sus bienes, sino también los de su cónyuge —incluso los propios no gananciales—, los del conviviente y los de los hijos menores.
Por ese motivo, la omisión de bienes del cónyuge en la presentación ante la OA puede acarrear consecuencias administrativas y penales. La regla es que, si el organismo detecta una declaración incompleta, debe intimar al funcionario a rectificarla y, si no lo hace, puede abrir un expediente o incluso denunciarlo ante la Justicia.
El artículo 268 (3) del Código Penal establece que “será reprimido con prisión de quince días a dos años e inhabilitación especial perpetua el que, en razón de su cargo, estuviere obligado por ley a presentar una declaración jurada patrimonial y omitiere maliciosamente hacerlo”. Precisa además que “el delito se configurará cuando, mediando notificación fehaciente de la intimación respectiva, el sujeto obligado no hubiere dado cumplimiento a los deberes aludidos dentro de los plazos que fije la ley”.
El mismo artículo agrega que “en la misma pena incurrirá el que maliciosamente falseare u omitiere insertar los datos que las referidas declaraciones juradas deban contener”, de conformidad con las leyes y reglamentos aplicables.
De este modo, no alcanza con la mera omisión: para que se configure delito, la conducta debe ser “maliciosa”, según la normativa vigente.
En este expediente, Adorni podría argumentar que rectificó su declaración original y agregó la información faltante. El diario consignó que se comunicó con el estudio jurídico que lo defiende, donde declinaron hacer comentarios sobre la causa.
La causa por presunto enriquecimiento ilícito
En cualquier caso, la omisión inicial de la casa de Indio Cua será un elemento a considerar en la causa por presunto enriquecimiento ilícito, en la que se analiza si el jefe de Gabinete registró un incremento apreciable de su patrimonio que no puede justificar.
Los investigadores cuentan con elementos que muestran que, desde que asumió como funcionario, Adorni y su esposa incorporaron a su patrimonio la casa del country en Indio Cua, un nuevo departamento en Caballito donde actualmente residen y una camioneta.
Los ingresos declarados de Adorni son los correspondientes a su cargo público, mientras que, según la información citada, su esposa figuraba hasta el año pasado como monotributista. Ese contraste entre bienes e ingresos es uno de los ejes bajo la lupa judicial.


