Seguridad Vial para Todos y Todas
|A partir del lunes entrará en vigencia la Ordenanza 9211. En este marco se llevaron adelante jornadas de capacitación para los agentes de Tránsito, Jueces y personal de los juzgados de Faltas, instancias de formación que estuvieron a cargo de un equipo de la Agencia Nacional de Seguridad Vial. Al mismo tiempo se sumó nueva tecnología que permitirán una mayor transparencia, eficiencia, celeridad en las actas y mejorar circuitos administrativos.
Se trata de un importante paso producto de un trabajo conjunto entre la Municipalidad de Paraná, la Agencia Nacional de Seguridad Vial que depende del Ministerio del Interior, la Policía del gobierno Provincial, la Universidad Autónoma de Entre Ríos, el hospital San Martín, el Consejo General de Educación y organizaciones de la sociedad civil que participan del Consejo Municipal de Seguridad Vial; que ha posibilitado dar gran impulso a las acciones para revertir la problemática vinculada tránsito en la ciudad.
De esta manera, el Municipio desarrolla una política integral sobre el tema, que contempla diversos frentes, entre los que se encuentran las nuevas Ordenanzas, una ya aprobada, y otra que está en tratamiento en el Concejo Deliberante con aprobación inminente; además del fortalecimiento de los operativos de control y la educación vial.
Al mismo tiempo, de forma complementaria, se avanzó en el Programa de Compactación de Vehículos con el Ministerio de Seguridad de la Nación para dar solución definitiva a la acumulación de vehículos incautados que no son retirados por sus propietarios, y también los abandonados en la vía pública.
“En la misma medida que quienes circulan por las calles de Paraná respeten las normas, pierden sentido las penas por infracciones, y la incautación de vehículos, y vamos por eso. No nos anima un espíritu recaudatorio sino avanzar con tránsito ordenado en la ciudad y respeto a los peatones. Buscamos que haya más responsabilidad por parte de todos, de la Municipalidad en el cumplimiento de su tarea, y de los vecinos y ciudadanos que transitan por las calles de la ciudad”, sostuvo la intendenta Blanca Osuna.
Asimismo, añadió: “Los agentes municipales van a salir a partir del lunes a realizar el cobro de multas con esta nueva tecnología, PDA, en vistas de que finalizó esta semana la capacitación para su uso y manejo. Es una herramienta que conectada de forma inalámbrica con una impresora, automáticamente emite el acta de la infracción. Además esto simplifica la elaboración del acta y es automática su transmisión a un registro nacional de infractores”
Se trata de los Ordenadores de Bolsillo o PDA (Asistente Digital Personal) que brindan información automática sobre los antecedentes de tránsito y permiten labrar infracciones que ingresarán automáticamente al Sistema Nacional. Además posibilitan consultar en tiempo real los antecedes de vehículos e infractores.
Sobre el proceso abierto explicó, “Nosotros hemos firmado un convenio con la Agencia Nacional de Seguridad Vial que capacitó a nuestros agentes, como a jueces de faltas y sus equipos administrativos y ya han salido a hacer las primeras prácticas, que han sido muy bien evaluadas. A partir del lunes entra en vigencia la nueva ordenanza que redefine las infracciones y además incrementa significativamente el valor de las multas adecuándolas a parámetros nacionales, los que estamos dando a conocer para que todos sepan a qué atenerse”, indicó.
Rige la nueva ordenanza
Con el objetivo de lograr la disminución de accidentes viales en la ciudad y poder avanzar en la construcción de una ciudad más segura para todos, el Gobierno Municipal pone en vigencia la nueva ordenanza (nro. 9.211) –recientemente sancionada por el HCD- que regula el tránsito de la ciudad y sus correspondientes multas por infracciones.
En ese marco, el viernes en el despacho de intendencia, se ultimaron detalles respecto de los avances de las medidas a implementar en la ciudad de Paraná. En la reunión estuvieron presentes además de la presidenta municipal Blanca Osuna; Graciela Jaime, perteneciente a la Agencia Nacional de Seguridad Vial, encargada de la instrucción; Matías Rey, coordinador de Juzgados de Faltas municipales; Héctor Bergara, subsecretario de Transporte y Tránsito; Gustavo Acosta, secretario Legal y Técnico; Aldo Sigura, director de Telecomunicaciones, y la edil Cristina Sosa.
Nuevos montos de multas
El valor establecido de cada unidad fija (UF) para el cobro de multas es de $12,540. Se establecen montos mínimos y máximos. Las infracciones van desde estacionar frente a hospitales, escuelas y lugares públicos a no usar cinturón o casco, cruzar en rojo, exceder límites de velocidad y conducir alcoholizado.
Asimismo, estableció en $12, 540- el valor de la unidad fija (UF) para cobro de sanciones, con montos mínimos y máximos para las diferentes transgresiones, que van desde estacionar frente a hospitales, escuelas y lugares públicos a no usar cinturón o casco, cruzar en rojo, exceder límites de velocidad y conducir alcoholizado.
El precio de la unidad fija se estableció, a través de la resolución 68, de acuerdo a lo que indica la normativa vigente, es decir, en concordancia con los precios publicados por la Secretaría de Energía – Ministerio de Planificación Federal, donde el valor de venta al público de 1 litro de nafta súper es precisamente de $12, 540.
Detalles
En el marco de las infracciones a la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial Nº 24.449, y sus modificatorias, la nueva ordenanza establece que las multas son de cumplimiento efectivo, no admitiéndose la aplicación con carácter condicional ni en suspenso.
Al juzgar las infracciones, se podrá aplicar, la sanción de inhabilitación para conducir, como accesoria a la multa cuando así esté expresamente determinada.
Por eso, en los casos en que la sanción sea sólo de multa, el Juez de Faltas, atendiendo a las circunstancias del caso, podrá aplicar como accesorias las penas de inhabilitación para conducir, la concurrencia a cursos especiales o el decomiso.
En la sentencia el monto de la multa se determinará en cantidades UF – Unidades Fijas – y se abonará su equivalente en dinero al momento de hacerse efectivo el pago.
En los casos en que no se pueda identificar al conductor infractor, recaerá la presunción de comisión de la infracción en el propietario del vehículo, a no ser que compruebe que lo había enajenado o no estaba bajo su tenencia o custodia, denunciando al comprador, tenedor o custodio.
Las faltas o infracciones descriptas en esta Ordenanza se clasifican en leves y graves, en función del riesgo vial que pueden generar y de las descripciones taxativas que enumera la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial.
La reincidencia implicará una circunstancia agravante a los efectos de la sanción correspondiente.
En todos los casos previstos de Faltas contra el Tránsito, se aplicaran las siguientes reglas, a saber: hay reincidencia cuando el infractor cometa una nueva falta habiendo sido sancionado anteriormente en cualquier jurisdicción, dentro de un plazo no superior a un año en faltas leves y de dos años en faltas graves. En estos plazos no se cuentan los lapsos de inhabilitación impuesta en una condena. La reincidencia se computa separadamente para faltas leves y graves y sólo en éstas se aplica la inhabilitación.
Los mínimos y máximos dispuestos por esta ordenanza se aplicarán a las faltas cometidas a partir de la fecha de su vigencia, mientras que las infracciones pendientes de pago mantendrán la escala vigente en oportunidad de su constatación, aplicándose el valor de la U.F. vigente al momento del efectivo pago.