Salidas de esparcimiento por 60 minutos: detalles sobre el decreto refrendado por Bordet
|El gobernador Gustavo Bordet, a través del Decreto 665 del 11 de mayo, aprobó las salidas de esparcimiento en beneficio de la salud y el bienestar psicofísico, sin alejarse más de 500 metros de su residencia, con una duración máxima de 60 minutos, en horario diurno y antes de las 20.
Estas salidas fueron establecidas en el artículo octavo del Decreto de Necesidad y Urgencia Nacional N° 408/20, previa adhesión de la autoridad municipal correspondiente, las que estarán a cargo del control del cumplimiento de las recomendaciones establecidas por el Comité de Emergencia Sanitaria (COES), para el esparcimiento responsable.
Además, considerando que mediante Artículo 8vo. Del DNU N° 408/20 se determinó que “las personas que deben cumplir el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio podrán realizar una breve salida de esparcimiento en beneficio de la salud y el bienestar psicofísico, sin alejarse más de 500 metros de su residencia, con una duración máxima de 60 minutos, en horario diurno y antes de las 20″.
Aclara además, que la autorización fue sometida a las potestades reglamentarias de las autoridades locales, las que incluso podían suspenderlos con el fin de proteger la salud pública.
En Entre Ríos, mediante Decreto N° 603/20 se postergó esa autorización por el término de 7 días, plazo que fue nuevamente prorrogado por el artículo 5to. Del Decreto N° 624/20 MGJ, ambos del Poder Ejecutivo Provincial.
El presidente de la Nación, Anibal Fernádez, dispuso que determinadas jurisdicciones ingresan en la fase 4 del sistema sanitario diseñado para combatir la pandemia COVID-19.
Esta nueva media fue consultada ante las autoridades sanitarias provinciales, las que se han expedido favorablemente respecto a la realización de las salidas de esparcimiento aunque con las restricciones establecidas en las recomendaciones dispuestas por el Comité de Emergencia Sanitaria (COES).
Recomendaciones
En el anexo del Decreto, se establecieron recomendaciones para el esparcimiento responsable. Se aclara que son dinámicas, pueden cambiar según la situación epidemiológica y tienen el objetivo de ofrecer a la comunidad en general el uso indicado del momento de esparcimiento, reduciendo la posibilidad de contagio lo máximo posible.
El esparcimiento y la actividad física brindan a las personas beneficios inmunológicos, diversión, disfrute del aire libre, favoreciendo a la disminución del nivel de estrés, ansiedad y depresión que el confinamiento prolongado puede generar. Se recomienda hacer actividad física diariamente 30 minutos o más, puede ser de intensidad moderada o baja, adaptando la actividad a los requerimientos de cada individuo. Entre éstas actividades están el baile, gimnasia, yoga, rutinas de fuerza, utilizando el propio peso corporal y elementos cotidianos, etc. Cabe destacar que todas estas actividades deben ser realizadas en el hogar. Se deben tener en cuenta las diferentes realidades epidemiológicas que coexisten en el país en esta pandemia. Hay Municipios, localidades o regiones que tienen circulación viral comunitaria o por conglomerados y lugares con ningún caso.
Dada esta situación, hay localidades que tienen la posibilidad de “administrar el aislamiento” autorizando a los vecinos a realizar salidas de esparcimiento mediante el cumplimiento de las normas establecidas para tal fin. Es necesario que lo realice en forma gradual, progresiva y coordinada, atendiendo a la realidad local en cuanto a aspectos geográficos, cantidad y densidad de la población, circulación humana, circulación viral y a otros factores que se consideren incidentes.
En este sentido, cada municipio deberá responsabilizarse por:
– Definir horarios de uso diferenciado de cada uno de los espacios físicos, para evitar aglomeración de personas, considerando el domicilio y el espacio disponible para que puedan estar bien distribuidos. Haciendo especial hincapié en el horario asignado a los adultos mayores tratando de evitar los momentos fríos del día.
– Garantizar y supervisar la población no utilice e los juegos infantiles y aparatos para hacer actividad física, para lo cual deberán anular los mismos.
– Establecer controles por parte del personal municipal y/o policial en cada uno de los ingresos de los espacios públicos, a fin de garantizar el cumplimiento de las normas y el uso elementos de bioseguridad establecidos para la circular (tapaboca, barbijo y distanciamiento de 2 mts).
– Las salidas deberán ser individuales, a excepción de personas que necesiten acompañamiento (personas con movilidad asistida, discapacitados, menores de edad), recordando que podrán hacerlas en un radio cercano a su domicilio (500 mts).
– Informar a la población que no están permitidos el uso de juegos infantiles ni aparatos para hacer actividad física.
– Los adultos mayores que se encuentren en residencias geriátricas o gerontológicas no podrán realizar estas salidas.
– Recomendar a la población que durante las salidas dispongan de alcohol en gel y pañuelos descartables o servilletas personales, para la higiene frecuente, como así también que se mantengan hidratados, utilizar botellas de agua.
-Disponer de cestos de para descartar los residuos en los lugares de circulación.
– Garantizar la frecuente limpieza y desinfección de tales lugares.
– Recomendar especialmente que toda persona que presente alguna sintomatología, tal como, angina, resfrío, estados gripales, entre otros, no podrán salir de sus hogares bajo ninguna circunstancia.
Sugerencias a tener en cuenta luego de realizar una salida de esparcimiento:
– Al momento de regresar al domicilio y antes de ingresar al mismo, llevar a cabo la correcta higiene recomendada por las autoridades sanitarias.
– Realizar un trabajo de elongación pasiva para poder realizar la vuelta a la calma dentro del domicilio.
– La intensidad va a ser dada por las capacidades, ritmos y limitaciones de cada uno.