Rige el nuevo Código Procesal de Familia
|La Ley Procesal de Familia, que había recibido sanción en la Legislatura entrerriana el 12 de marzo pasado, fue promulgada por el Ejecutivo provincial el 1º de abril, bajo el número 10668, y publicada el 8 de abril en el Boletín Oficial. Se busca dar celeridad a la resolución de los conflictos de familia.
La nueva normativa incorpora la oralidad y la atención directa de un juez, con el objetivo de resolver los conflictos con celeridad.
Según se lee en el articulado, a partir de ahora los procesos de familia deberán ser tramitados ante jueces especialistas, y deberá procurar su resolución con la mayor celeridad posible.
Se incorpora la oralidad y se dará preferencia a la solución consensuada de los conflictos.
Se establece también la gratuidad para los procesos carentes de contenido económico y para el reclamo por alimentos, que estarán exceptuados de todo impuesto, tasa o anticipo de gastos.
Otro punto está relacionado con el lenguaje. “Las resoluciones judiciales deben redactarse mediante construcciones sintácticas sencillas, sin perjuicio de su rigor técnico”, dispone la nueva ley.
Al momento de ser sancionada, la ministra de Gobierno, Rosario Romero, había resaltado que “la nueva legislación incorpora la notificación electrónica, trámites por audiencia, despapelización, legajo único de familia y avances tecnológicos al proceso judicial a los efectos de generar mayor eficacia y acceso a la justicia”.
Según remarcó en esa oportunidad, esto “va a significar, para las familias entrerrianas, que cuando tengan un conflicto judicial, ese conflicto sea resuelto con celeridad, de forma oral y atendido directamente por un juez. Va a haber un notable cambio sobre lo que es un proceso de familia; aquello que duraba años va a durar pocos meses”, afirmó la ministra.