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Renta financiera: bancos y entidades financieras deberán informar a AFIP las ganancias de sus clientes

Una semana después de que el Gobierno reglamentara el nuevo Impuesto a la Renta Financiera, a través de las resoluciones generales 4394 y 4395 publicadas este jueves en el Boletín Oficial, la AFIP dispuso que las entidades financieras, como las casas de Bolsa y las sociedades depositarias de fondos comunes de inversión, deberán presentarle toda la información sobre las rentas percibidas y por tenencia de activos financieros de cada uno de sus clientes que sean personas humanas, antes del 15 de marzo de 2019.

 

El organismo estableció un régimen de información a cargo de las entidades financieras comprendidas en la Ley N° 21.526 y sus modificaciones, los agentes de liquidación y compensación registrados en la Comisión Nacional de Valores y las sociedades depositarias de fondos comunes de inversión.

 

Las entidades deberán informar sobre las operaciones efectuadas por sus clientes personas humanas y sucesiones indivisas por las que paguen o pongan a disposición de éstos últimos, durante el año calendario 2018, intereses o rendimientos que puedan estar alcanzados por el nuevo impuesto.