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Rechazaron la recusación del juez solicitada por el exgobernador Sergio Urribarri

En un nuevo giro judicial, el vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, Santiago Brugo, ha decidido rechazar la recusación del juez de Garantías, Julián Vergara, formulada por la defensa del exgobernador Sergio Urribarri. La recusación fue presentada en el contexto de la causa que investiga el presunto pago de sobornos a exfuncionarios.

En su fallo emitido el martes 18, Brugo resolvió “rechazar los planteos recusatorios formulados por la Defensa Técnica de Sergio Daniel Urribarri y de Carlos Haidar, en relación a la intervención del Sr. Juez de Garantías, Julián Vergara, quien deberá continuar entendiendo en la presente causa”. Además, Brugo tomó en cuenta la reserva del caso federal formulada por las defensas, que recurrirán hasta las más altas instancias nacionales.

Fallo Fundado
Brugo citó en su resolución un fallo del 14 de abril de la Sala I en lo Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la provincia. Integrada por Susana Medina, Germán Carlomagno y Leonardo Portela, la sala había rechazado un recurso de queja presentado por las defensas en el juicio que condenó a Urribarri y otros implicados en la denominada Causa Compleja.

El vocal sostuvo que el fallo de la Sala Penal del STJ reafirma que el juez Vergara “cumplió con su función de Magistrado, dictando un auto interlocutorio que en modo alguno puede ser considerado prejuzgamiento, sino que se limitó a resolver una petición de una de las partes”.

Argumentos de la Defensa
Las defensas recusaron a Vergara alegando prejuzgamiento, argumentando que el juez adelantó opinión sobre las vinculaciones entre Diego Cardona Herreros y Urribarri al hacer lugar parcialmente a un pedido de medidas cautelares patrimoniales en el marco de la Causa Coimas. Esta causa investiga el supuesto pago de sobornos para favorecer a la empresa de Cardona Herreros en la adjudicación de un contrato de software para la Administración Pública.

Las defensas sostuvieron que Vergara valoró elementos probatorios comunes a dos causas distintas, Enriquecimiento ilícito y Negociaciones incompatibles con la función pública. Cullen y Méndez, abogados defensores, afirmaron que Vergara analizó evidencias de la primera causa para justificar medidas cautelares en la segunda, a pesar de la oposición de todas las defensas.

Respuesta del Tribunal
En su resolución, Brugo argumentó que “el mero hecho de dictar un juicio de probabilidad mediante un auto interlocutorio al dictar una medida cautelar no puede ser considerado una sentencia ni generar temor de parcialidad en ninguna de las partes”. Además, subrayó que las medidas cautelares son provisionales y pueden ser revisadas mediante las vías procesales pertinentes.

El vocal concluyó que las defensas “no han brindado los motivos suficientes por los cuales deba ser apartado de la presente el juez de Garantías, ya que no han demostrado cómo se estaría afectando la garantía del juez imparcial e independiente”. Según Brugo, las afirmaciones de las defensas eran dogmáticas y carecían de sustento frente a los criterios jurisprudenciales y doctrinarios.

Continuidad del Caso
Con esta resolución, Julián Vergara continuará a cargo de la causa que investiga el presunto pago de sobornos, en la cual Sergio Urribarri y otros exfuncionarios son señalados. Las defensas han anunciado que seguirán buscando alternativas legales para cuestionar la imparcialidad del juez Vergara en las más altas instancias judiciales del país.

Fuente: Gentileza APFDigital

 

 

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