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Home Economía

Pronunciamiento CAME: “La reforma tributaria que Argentina necesita no es la que pide el FMI”

La entidad pyme reclama un Nuevo Consenso Fiscal que apunte al sistema tributario subnacional y no a más presión sobre salarios y consumo

Redacción by Redacción
31/05/2026
in Economía
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Pronunciamiento CAME: “La reforma tributaria que Argentina necesita no es la que pide el FMI”

La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) salió al cruce de las recomendaciones de reforma tributaria del Fondo Monetario Internacional para la Argentina y advirtió que “reducir el poder adquisitivo de los trabajadores mediante mayor retención de Ganancias no genera un solo puesto de trabajo”, ni baja la informalidad ni mejora la competitividad.

El organismo multilateral difundió el 26 de mayo de 2026 un paquete de sugerencias que incluye ampliar la base del Impuesto a las Ganancias de la cuarta categoría —bajando el piso a partir del cual tributan los asalariados—, extender la base imponible del IVA a bienes y servicios hoy exentos y reformar el Monotributo para elevar sus categorías.

Para CAME, todas estas medidas recaen sobre asalariados, pequeños contribuyentes y consumo doméstico. Por eso las califica como “reformas regresivas” que reducen el poder de compra de los trabajadores y encarecen la formalidad para los sectores de menores ingresos, sin tocar los impuestos distorsivos estructurales que, a su juicio, frenan la inversión, la producción y el empleo formal.

En ese marco, la entidad empresaria pyme sostiene que el FMI “ignora por completo” el nivel de tributación subnacional, donde ubica “el nudo fiscal más dañino para la actividad económica”: el Impuesto sobre los Ingresos Brutos (IIBB) y las tasas retributivas de servicios municipales.

Por ello, CAME propone la convocatoria urgente de un Nuevo Consenso Fiscal entre el Gobierno nacional y las provincias, y a su vez entre provincias y municipios, con eje en una reforma estructural del sistema tributario subnacional.

El verdadero problema, según CAME: el sistema tributario subnacional

De acuerdo con el análisis de la entidad, el sistema tributario subnacional argentino se caracteriza por una superposición de gravámenes —el IIBB provincial y tasas municipales que deberían ser retributivas de servicios— que, en conjunto, representan entre el 2% y el 6% de las ventas brutas de una empresa, con independencia total de su rentabilidad.

A diferencia del Impuesto a las Ganancias, que grava utilidades reales, el IIBB es un impuesto en cascada que se aplica en cada etapa de la cadena productiva, acumulando su efecto distorsivo a lo largo de todo el proceso de producción y comercialización.

CAME subraya que el aspecto más gravoso y menos visibilizado de este esquema es el régimen de retenciones y percepciones provinciales. Los agentes de retención descuentan al contribuyente, antes de la declaración jurada mensual, importes que en la práctica superan sistemáticamente el tributo que efectivamente correspondería abonar.

El resultado, remarca la entidad, es la generación de saldos a favor que el contribuyente nunca puede compensar en forma plena, lo que termina afectando directamente el capital de trabajo de las empresas.

Dónde está la carga real: impacto de tributos provinciales y municipales

Según CAME, los tributos provinciales y municipales tienen un impacto directo y medible sobre la rentabilidad de las empresas, expresado como porcentaje de ventas brutas. En cambio, las reformas impulsadas por el FMI “recaen sobre los ingresos de los trabajadores y el consumo, sin aliviar en ningún punto la carga que soportan los contribuyentes empresariales”.

A la carga del IIBB se suma el peso de las tasas retributivas de servicios municipales: Tasa de Seguridad e Higiene, Tasa General de Inmuebles, Tasa de Habilitación Comercial y otras contribuciones de base indeterminada que, en muchos municipios, equivalen a una alícuota adicional de entre el 0,3% y el 1,2% sobre las ventas brutas, sin correlato verificable en servicios efectivamente prestados.

Para la entidad, la proliferación y opacidad de estos tributos —exigidos por más de 2.300 municipios con criterios heterogéneos— constituye uno de los principales desincentivos a la inversión y a la radicación de nuevas empresas en el interior del país, sin que exista control efectivo nacional o provincial sobre su racionalidad o legalidad.

Cómo se generan los saldos a favor: un “préstamo forzoso” al fisco

CAME detalla que las provincias diseñan sus regímenes de retención y percepción como mecanismos de adelanto de recaudación: el fisco cobra por anticipado montos calculados sobre el valor bruto de cada operación, antes de que el contribuyente presente su declaración jurada mensual.

El problema estructural, advierte, es que las alícuotas de anticipo —fijadas por resolución administrativa y no por ley— no guardan relación con la tasa efectiva real del impuesto para cada actividad. Así, las empresas pagan más de lo que deben en cada operación y acumulan un saldo a favor en su cuenta tributaria provincial.

En teoría, ese excedente debería recuperarse por compensación con obligaciones futuras o por devolución directa del fisco. Pero, según CAME, en la práctica ocurre lo siguiente:

La compensación es insuficiente, porque los nuevos saldos que genera el régimen superan mes a mes lo que el contribuyente puede absorber en su liquidación.

La devolución carece de plazo legal en la mayoría de las provincias: los expedientes demoran entre 12 y 36 meses, período en el cual el saldo pierde entre el 60% y el 80% de su valor real por efecto de la inflación. La entidad destaca como excepción que fiscos como CABA y Santa Fe han aliviado este mecanismo con devolución exprés hasta determinado monto.

Los regímenes se aplican también sobre contribuyentes del Convenio Multilateral con coeficientes de distribución que no reflejan la actividad real en cada jurisdicción, generando retenciones sobre una base imponible asignada de manera incorrecta.

Además, ninguna provincia publica estadísticas del stock de saldos a favor pendientes, lo que impide cuantificar con precisión la magnitud del problema y elimina toda posibilidad de rendición de cuentas pública.

En contextos de alta inflación como el que caracterizó a la economía argentina entre 2021 y 2024, CAME sostiene que este mecanismo opera como un préstamo forzoso sin remuneración al fisco provincial: el Estado captura un beneficio financiero real a costa del capital de trabajo de las empresas, sin que ello figure en ningún indicador oficial de presión tributaria.

Un Nuevo Consenso Fiscal para reformar el esquema subnacional

Frente a este diagnóstico, la entidad pyme plantea la necesidad de un Nuevo Consenso Fiscal entre la Nación y las provincias, y entre provincias y municipios, cuyo objetivo central sea la reforma estructural del sistema tributario subnacional.

CAME aclara que el objeto de ese acuerdo no debe ser solo la reducción nominal de alícuotas —que puede revertirse por decreto—, sino el establecimiento de reglas de juego permanentes que armonicen la base imponible, los regímenes de retención y percepción y los mecanismos de devolución en todo el territorio nacional.

De todos modos, advierte que ningún acuerdo sobre retenciones y percepciones será sostenible si el IIBB no se racionaliza como tributo de base. En esa línea, propone que el Nuevo Consenso Fiscal incluya el compromiso de eliminar el IIBB en las etapas intermedias de producción, reservando su aplicación exclusivamente a la venta final al consumidor, en un modelo similar al IVA.

Según CAME, esta modificación eliminaría el efecto cascada del impuesto y haría innecesaria gran parte de los regímenes de retención actuales, sin implicar pérdida de recaudación provincial.

“No se trata de recaudar menos, sino de trasladar la base imponible hacia donde la carga es económicamente razonable”, plantean, al sostener que así se mejoraría la competitividad del sector productivo sin afectar los recursos fiscales de las jurisdicciones.

El rol del Convenio Multilateral y el círculo vicioso a romper

En este esquema, CAME propone que la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral se convierta en el organismo ejecutor del Nuevo Consenso Fiscal, con facultades para homologar los padrones de agentes de retención y percepción, validar los coeficientes de distribución por actividad y fiscalizar el cumplimiento de los plazos de devolución por parte de las jurisdicciones.

La entidad remarca que el Convenio Multilateral es el único instrumento con legitimidad para coordinar la acción tributaria de las 24 jurisdicciones sin necesidad de reformas constitucionales.

En su conclusión, CAME insiste en que profundizar la presión sobre los salarios vía Ganancias y sobre el consumo no crea empleo, no reduce la informalidad ni mejora la competitividad. Por el contrario, “contrae la demanda interna, erosiona el consumo y reduce las bases imponibles provinciales y municipales, generando el círculo vicioso que la Argentina necesita romper”, sentenció la entidad.

Tags: Consenso FiscalImpuesto sobre los Ingresos Brutos
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