Procesos contra José Allende: Casación anuló el rechazó al juicio abreviado
|La Cámara de Casación Penal Sala Nº 1 de Paraná, integrada por las vocales Marcela Davite, Marcela Badano y el vocal Hugo Perotti, resolvió hoy declarar la nulidad de la audiencia de juicio abreviado celebrada hace unos meses, donde el Tribunal de Juicio y Apelaciones había rechazado el juicio abreviado que habían pactado la defensa de José Allende y Fiscalía para cerrar tres procesos en contra del ex legislador. La audiencia deberá realizarse nuevamente.
La Cámara de Casación Penal Sala Nº 1 de Paraná, integrada por las vocales Marcela Davite, Marcela Badano y el vocal Hugo Perotti, resolvió hoy declarar la nulidad de la audiencia de juicio abreviado celebrada en el legajo de OGA Nº 7436, caratulado “Allende, José Ángel s/Amenazas” y sus acumuladas, causa Nº 49.956, caratulada “Allende, José Ángel – Satler, Adriana Guadalupe – Traverso Diana María Cristina – Allende, Julio Alejandro – Allende, Victoria – Allende, Carolina S/Enriquecimiento ilícito y negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública”, y Legajo Nº 10940 “Velázquez Sonia Mabel S/Su Denuncia – Denunciado: Allende, José Ángel” y la resolución de rechazo al juicio abreviado dictado en consecuencia.
La determinación ahora anulada había sido tomada por el Tribunal de Juicio y Apelaciones integrado por los vocales José María Chémez, Alejandro Cánepa y María Carolina Castagno.
Asimismo, la Cámara de Casación resolvió reenviar los expedientes a la OGA (Oficina de Gestión de Audiencias) a fin de que, una vez integrado el tribunal, se renueve el acto procesal conforme las exigencias establecidas por la normativa procesal y constitucional.
El recurso de casación fue presentado por la defensa de José Allende y la Procuración, que oportunamente habían arribado a un acuerdo de juicio abreviado rechazado por el Tribunal de Juicio. Entre los fundamentos del recurso de casación, las partes entendieron que Allende se encontraba en mejores condiciones que nadie de explicar su propio patrimonio, razón por la que su defensa pidió expresamente que se le otorgara la palabra, la cual le fue negada por el tribunal, motivando el agravio.
La Cámara de Casación entendió que “no se ha otorgado al encartado (Allende) la oportunidad que tanto la Constitución como la ley adjetiva le ofrecen para hacer operativa la garantía de defensa en juicio como exigencia del debido proceso legal, razón por la que cabe receptar el pedido de nulidad efectuado por los recurrentes”.
La resolución está firmada por los tres integrantes de Casación, sin especificación de quién emitió el primer voto y quienes adhirieron a ese razonamiento guía. El único argumento esgrimido fue uno solo: que en el desarrollo de la audiencia no se le permitió hacer uso de la palabra a Allende para dar su conformidad sobre el acuerdo al que habían arribado sus abogados y los fiscales, ni para explayarse sobre las causas, elemento esgrimido tanto por la defensa del ex diputado como por la Fiscalía.
“No se ha otorgado al encartado la oportunidad que tanto la Constitución como la ley adjetiva le ofrecen para hacer operativa la garantía de defensa en juicio como exigencia del debido proceso legal, razón por la que cabe receptar el pedido de nulidad efectuado por los recurrentes”, expresa la sentencia, resaltando: “Se da en autos la rara paradoja que tanto el Ministerio Público Fiscal como el imputado y su Defensor, cuestionan la validez de una decisión judicial, alegando -ambos contendientes- un mismo interés, deduciendo iguales agravios”.