Paro docente: día trabajado, día pagado…
|Mientras el Gobierno de Entre Ríos propende a buscar el mayor equilibrio en sus arcas, y ofrecer así a los gremios docentes la propuesta más digna para evitar que el ajuste y la inflación imperantes en el país continúen deteriorando los flacos bolsillos de los educadores, AGMER entiende que es imprescindible apelar a un paro de 48 horas para variar la brújula. La medida sindical, más allá de toda justeza- termina complejizando las finanzas de los educadores ya que día trabajado, se paga.
En Casa de Gobierno y Palacio de Educación se desarrollan por estas horas reuniones febriles analizando los contenidos de las resoluciones N° 2565/08 CGE, N° 561/18 CGE y N° 722/18 CGE y sus alcances o implicancias.
En relación al desarrollo de la paritaria docente, y en particular las referidas a las condiciones económicas de la prestación laboral que se circunscriben a un marco legal de consenso previsto por la Ley N° 9.624 (de paritaria docente) y por las normas presupuestarias vigentes, garantizando el servicio educativo en todos los niveles en pos de los derechos de los educandos; el Consejo General de Educación, recordó la vigencia de la precitada Resolución N° 722/18 CGE, la cual establece que todos los docentes adheridos a las medidas de fuerza dispuestas por las asociaciones gremiales, se les abone el haber por los días efectivamente trabajados.
Por otra parte, y dado las actuales medidas gremiales adoptadas se destaca a los equipos directivos las funciones inherentes a su cargo conforme Resolución 1297/22 CGE, como también la vigencia de las resoluciones 300/97 y 442/92 que establecen su responsabilidad como Funcionario Público de:
-controlar y asegurar la apertura y cierre del Establecimiento bajo su dirección garantizando la libertad de trabajo y el derecho a recibir educación por parte de los alumnos y asistentes a la escuela toda.
-Asegurar con su presencia la prestación del servicio, ingreso y permanencia de los docentes que concurren a cumplir sus funciones, como también el personal administrativo auxiliar.
Dicho personal directivo tiene la obligación tanto por la citada normativa como por imperio de las resoluciones 2565/08 y 2566/16 CGE de “comunicar al Superior inmediato, licencias e inasistencias del personal docente, administrativo o de servicios, con que cuente la Unidad Educativa, cualquiera sean los motivos de las mismas”, informando puntualmente las novedades en el sistema SAGE, donde deberá realizar el control y carga de asistencia del personal diariamente.
De este modo, la postura del Gobierno es clara, precisa, para este jueves y viernes en torno a lo que ocurra en los establecimientos educativos entrerrianos reafirmamos: día que se trabaja, día que se cobrará.