Otra vez el Estado promueve censurar internet
|Para quienes trabajamos con tan valiosísima herramienta como lo es internet, noblemente, honradamente y soportando un sinfín de vicisitudes, de dificultades, el proyecto de la senadora Sandra Giménez, quien busca ponerle filtros desde el ISP a lo que se pueda acceder en Internet y que dicho filtro sea decidido por una entidad -básicamente cuestionable- como la CNC, se constituye en una intención espuria, estrechamente vinculada al propósito de cercenar la libertad de expresión.
Nos da bronca, nos fastidia, hablar de censura, represión, libertad de prensa y todas esas cosas que opacan, manchan el sentido más profundo de la democracia.
Lamentamos trazar una comparación: en el Reino Unido hay un listado de sitios “prohibidos”, con la excusa de “proteger a nuestros niños de la pornografía y los pedófilos”, pero -en realidad- se utiliza además para bloquear sitios de descargas y opiniones contrarias al gobierno.
O sea, uno de los países del primer mundo, promueve tan peculiar legislación hoy activa.
La senadora Giménez explica en el extracto de su proyecto http://www.senado.gov.ar/parlamentario/comisiones/verExp/1918.14/S/PL
Artículo 1º – A partir de la sanción de la presente ley será obligatorio para las empresas que ofrecen el servicio de acceso a internet a usuarios finales la instalación de filtros que permitan bloquear el acceso a la lista de sitios de acceso restringido que determine la Comisión Nacional de Comunicaciones.
El servicio básico involucrará la instalación del acceso a internet con el filtro concerniente a excepción de los casos en los que el usuario declare expresamente y por escrito su voluntad de conservar acceso absoluto a internet.
Esto es lo que hacen en Inglaterra. Uno cuenta con filtros definidos por una entidad de dudosa construcción, y debe expresar abiertamente si desea acceso irrestricto o que le liberen el filtro.
O sea, cuando uno se conecta a Internet por primera vez tiene acceso a una versión ceñida de Internet, y el día que quiera tener acceso total van a registrar sus datos, se lo fichará al haber requerido tener acceso a lo que lo podría transmutar en un potencial reo.
Sintetizando… para acceder libremente a información pública se cumple con un paso burocrático que te ingresa en un sistema, te incorpora en una lista. ¿No se erige en una especie de discriminación?
Artículo 2º – La Comisión Nacional de Comunicaciones elaborará y mantendrá actualizado el contenido de la lista de sitios de acceso restringido en el que identificará las páginas con contenido pornográfico a través de una estrategia acordada en el marco de la Comisión Argentina de Políticas de Internet.
¿No será necesario antes de tratar este Proyecto, analizar las facultades, potestades, atribuciones, deberes, obligaciones, realizaciones de la Comisión Nacional de Comunicaciones, ente que hoy ni siquiera regula los espacios publicitarios de canales y radios, donde se ofrecen, sin ir más lejos en Paraná, espacios “periodísticos” que tangiblemente son bloques “info-merciales” con periodistas/conductores que mutan en cuasi vendedores ambulantes???
¿Por qué no examinar para qué está hoy en día la Comisión Argentina de Políticas de Internet? No sabemos, HONESTAMENTE, qué será de la vida de esta IDEA de Organismo.
Artículo 3º – Aquellos usuarios del servicio de acceso a internet que decidan no bloquear los sitios de acceso restringido deberán solicitar expresamente y por escrito al proveedor de acceso a internet que no le sea instalado el filtro.
Aclaramos… No nos agrada lo que está aconteciendo con la pornografía y todo lo que se desprende de ella. Pero… ¿No basta la mayoría de edad para regir conductas morales, éticas o sin ir más lejos de gustos sexuales?
Artículo 4º – Las empresas que proveen el servicio de internet tienen un plazo de 180 días para instalar los filtros a los que hace referencia el artículo 1º de la presente ley a todos los usuarios existentes al momento de la sanción de la presente Ley a excepción de aquellos que manifiesten expresamente y por escrito que desean mantener acceso irrestricto a internet.
Vale la pena trasuntar nuestro desconocimiento en la materia… ¿180 días de plazo fijados por sus asesores tecnológicos, o porque ella es una erudita y se le ocurrió luego de un estudio concienzudo?
Artículo 5º – Las empresas que proveen el servicio de acceso a internet que no instalen los filtros a los que hace referencia el artículo 1º de la presente Ley a sus usuarios serán sancionados con una multa equivalente a 10 veces la tarifa abonada por el cliente en el período en el que debería haber recibido la instalación del filtro.
¿Tendrá la Comisión Nacional de la Comunicaciones una Junta de Ética que mida qué es erótico, qué es porno y estipule los cargos de acuerdo a lo que se miró?
Ahora bien… ¿Y ésta Junta no actuará contra kioscos de diarios y revista, canales, donde se exhiben a diario imágenes porno sin filtro alguno que impidan esas postales?
¿Actuará contra el lenguaje soez de tantos conductores radiales y/o televisivos??? ¿Qué pasará con el Baby Echecopar, con el Negro González Oro, con Jorge Rial, Luis Ventura, Chiche Gelblung y hasta el mismísimo Marcelo Tinelli?
¿No hay un trabajo conjunto de CNC y AFSCA?
¿Y NADA dicen CNC y/o AFSCA sobre lo que se difunde en noticieros sobre violaciones y tantos otros crímenes con cruentas imágenes?
¿Procederá esta Junta con los juegos de Play, de Xbox o los mismos que circulan por internet con tanta violencia sádica, fatalities, y hasta imágenes plenas de erotismo, etc, etc?
¿Por qué esta senadora no aboga por sacar a tantos niños en situación de calle, en riesgo permanente de ser inducidos a la pornografía?
¿No pensó esta legisladora que ya existen herramientas informáticas que posibilitan proteger a los niños de exposiciones a contenidos sexuales?
Da la sensación que su línea de fundamentos no es delgada sino que un día se levantó, ella o uno de sus ilustres asesores que ganan FORTUNAS, y se le ocurrió redactar algo burdamente COPIADO.
Quienes redactamos, informamos, opinamos en Cuestión Entrerriana somos Católicos Apostólicos Romanos. Profesamos la Fe Cristiana. Pero no somos RETROGRADOS ni tampoco mesiánicos Progresistas (o Anti). Simplemente, amamos el sentimiento de la LIBERTAD INDIVIDUAL y este pseudo proyecto solo cercena la misma.
Nos entristece, siquiera imaginar que, amén de la nefasta ocurrencia, pudo existir (o puede…) la REAL intención de adoctrinar al Pueblo.