Operativo “Puf”: Carrió y Stornelli mal parados por dictamen de juez
|El juez federal Marcelo Martínez De Giorgi archivó por inexistencia de delito la denuncia de Elisa Carrió por el denominado “Operativo Puf”, según la cual habría existido un plan de exfuncionario kirchneristas detenidos para entorpecer la investigación de la causa de los “Cuadernos” y complicar la situación del fiscal Carlos Stornelli, a cargo de esa investigación.
Después de cotejar las pruebas, el magistrado concluyó que nada de ello existió. En su resolución, firmada el pasado 21, Martínez de Giorgi además rechazó aceptar a Carrió como querellante porque no fue damnificada por una maniobra que jamás ocurrió. Las impulsoras de la denuncia habían sido también Mariana Zuvic y Paula Olivetto que dijeron haber recibido transcripciones de escuchas a través de un anónimo que nunca clarificaron.
El magistrado sostuvo en su fallo que de las medidas de prueba que se llevaron adelante “no se desprende la existencia de un accionar que pudiera tildarse delictivo, ni que, como consecuencia de ello, correspondiera atribuirle responsabilidad penal a persona alguna”.
El escrito recordó que la denuncia fue realizada por Mariana Zuvic y Paula Oliveto a pedido de la propia Carrió. Fue contemporánea al estallido de la causa por el falso abogado Marcelo D´Alessio que tiene procesado a Stornelli por parte del juez Alejo Ramos Padilla. En el recorrido de la causa se intentó involucrar también al juez en la maniobra, en lo que ahora se vislumbra como un intento de obstaculizar el avance del caso por espionaje y extorsión en Dolores.
Carrió dijo que había recibido a “su nombre un sobre con la transcripción de escuchas telefónicas verosímiles pero de cuya autenticidad no podemos dar fe” que dan cuenta de una operación en la cual intervienen personas de servicios de inteligencia, el detenido Roberto Baratta y otros, con la finalidad de entorpecer la investigación de la causa judicial de los Cuadernos -Fernandez Cristina y otros s/asociación ilícita” Nº 9608/18) mediante acciones contra el juez Claudio Bonadio y el fiscal Carlos Stonelli”.
“Sin embargo, a través de las medidas que se realizaron en esta causa y en la n° 1341/19 del Jugado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n° 9 (una causa gemela), así como de las pruebas obtenidas en consecuencia, no puede afirmarse que el trámite de la causa 9608/18, de la secretaría n° 21 de este Juzgado Federal n° 11 (causa “de los cuadernos”), se haya visto perturbado. Tampoco que la maniobra denunciada en este proceso hubiera influido de alguna manera en las decisiones jurisdiccionales que allí que se tomaron”, sentenció Martínez de Giorgi.
En ese sentido, agregó que “corroborando tales afirmaciones ha de decirse que esa causa 9608/18 –respecto de la mayoría de sus imputados- fue elevada a la etapa de juicio oral y público el 20 de septiembre de 2019, y quedó radicada en el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°7 desde esa fecha”.
Al respecto, el juez señaló que “de lo expuesto, es posible apreciar que en ambos procesos (es decir, esta causa, y la que tramitara ante el Juzgado Federal n° 9, cuyos objetos de investigación son, prácticamente, idénticos) no se desprende la existencia de un accionar que pudiera tildarse delictivo, ni que, como consecuencia de ello, correspondiera atribuirle responsabilidad penal a persona alguna”.
“Del desarrollo efectuado, queda descartado que las conversaciones y/o diálogos que se consignaron en ambas causas tuvieran la intencionalidad que se les atribuyó primigeniamente al efectuarse la denuncia. Como también –de haber tenido esa intención- evidentemente, a la luz de lo realmente ocurrido, no han logrado consumar el objetivo supuestamente perseguido de entorpecer el trámite de la conocida como causa ‘de los Cuadernos’”, explicó Martínez de Giorgi.
El caso fue profusamente ventilado en la Justicia, en la política y en los medios de comunicación a partir de la difusión indiscriminada de los audios de esas escuchas originadas en la intervención de los teléfonos del pabellón IRIC, donde empresarios y exfuncionarios habían sido alojados en prisión preventiva. Intervinieron en estos casos idénticos motorizados por Carrió -en distintas aristas- tanto los fiscales Jorge Di Lello, Franco Picardi, Gerardo Pollicita y Alejandra Mangano. Siempre estuvo bajo la órbita de Bonadio hasta su fallecimiento y la heredó Martínez de Giorgi quien en poco tiempo arribó a la conclusión de que el hecho jamás existió, pese a que las escuchas fueron reales y al día de hoy se desconoce cómo fueron filtradas. Declaró personal de la AFI, inclusive de Asuntos jurídicos que tenía a cargo la transcripción pero cuyo objeto de investigación era distinto a escuchas a exfuncionarios. Los diálogos que fueron utilizados como un presunto “complot” para atentar contra “cuadernos”, no guardaron nunca relación cronológica que pudiera levantar sospechas respecto a su incidencia en el trámite judicial de la investigación por un supuesto circuito de coimas ligadas a la obra pública. El fallo deja debilitado a Stornelli y en falsa escuadra a Carrió que había utilizado esa denuncia para percutir contra un juez, a quien llegó a decirle que “estaba muerto”.