Locales habilitados para la venta de pirotecnia
|La Municipalidad de Paraná autorizó a seis establecimientos para comercializar fuegos artificiales. Se solicita a la comunidad paranaense que sólo compre pirotecnia autorizada, sin estruendo y en estos comercios.
En la ciudad de Paraná se encuentran seis locales comerciales habilitados por la Municipalidad para la venta de pirotecnia.
Estos sitios cumplen con los requisitos necesarios para la comercialización de estos elementos autorizados. Desde la Comuna se solicita que quienes deseen adquirir fuegos artificiales lo hagan en complejos habilitados y que sean sin estruendo como lo determina el Decreto N° 1469.
Locales habilitados:
-Villaguay N°777
-Bavio N°305
-Gualeguaychú N°465
-Salta N°365
-Almafuerte N°710
-Churruarín N°669
Previo a la Navidad, el Municipio realizó operativos de control de mercadería y locales. En total se decomisaron más de mil kilos de pirotecnia que no cumplen con los requisitos del mencionado Decreto por el cual se prohíbe la tenencia, utilización, fabricación y comercialización de elemento de pirotecnia y cohetería que no sean de venta libre y produzcan sonorización en la ciudad. Además se clausuraron varios puestos callejeros de venta ilegal.
Detalles del Decreto N° 1469
El presente decreto prohíbe la tenencia, uso, detonación, fabricación, comercialización o venta al público mayorista o minorista de todo elemento de pirotecnia y cohetería no calificada como de “venta libre” por la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMaC); aquellos que no encuadren dentro de las categoría A11 (de bajo riesgo como estrellitas, chasquidos, cebitas, etc) y B3 (de riesgo limitado que pueden explotar en masa, como cohetes, petardos, cañitas voladoras, luces artificiales); morteros o morteros con bomba; aquellos que generen efecto audible o sonoro sea o no de venta libre o no encuadre dentro de las características A11 y B3; petardos N° 3; expendio, entrega y/o suministro a título gratuito u oneroso de globos de papel (farolitos), como así también la suelta del mismo en recintos abiertos o cerrados ya sea público o privado.
Los términos de la prohibición alcanzan a los comercios radicados en Paraná, como así también a los particulares y vendedores ambulantes u ocasionales. En tanto que quedan excluida la tenencia, uso, comercialización o venta al público mayorista o minorista de todo artificio o cohetería para señales de auxilio u otro uso oficial ejercido por las Fuerzas Policiales o Bomberos Voluntarios o de Seguridad o Defensa Civil.
Sólo se permitirá la realización de espectáculos, públicos o privados, con fuegos de artificio o de pirotecnia sin estruendo (sin sonoridad). Para las ocasiones privadas se requerirá de una habilitación municipal temporaria por el plazo previsto para el espectáculo, en el lugar determinado y considerando apto el lugar de emplazamiento del shows de fuegos de artificio. De ninguna forma se habilitarán aquellos que se empleen pirotecnias de estruendo. En tanto que el evento debe realizarse a más de 100 (cien) metros de algún depósito de combustible, ya sea gaseoso o líquido.