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Libertad de expresión: Reabren una causa contra dos periodistas por revelar el nombre de un agente de inteligencia

En un fallo que vuelve a poner la libertad de expresión en el ojo de la tormenta, la Cámara Federal ordenó reabrir una causa contra dos periodistas acusados de haber revelado el nombre de un agente de inteligencia.

 

El noviembre del año pasado, el juez Sebastián Casanello había archivado el expediente en el que están involucrados Gerardo “Tato” Young y Rodis Recalt, quienes habían sido denunciados por la AFI. En ese momento, el magistrado consideró que, de imputar y eventualmente indagar a los periodistas por esa publicación, se vulneraría el derecho a la libertad de expresión.

 

Sin embargo, y tras la apelación que hizo la AFI a esa decisión, la Sala I de la Cámara, con los votos de Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens (que además pidió la nulidad de la resolución), ordenaron a Casanello que siga adelante con la investigación.

 

La causa se inició en julio de 2018 cuando la AFI denunció a Recalt, de Revista Noticias), y a Young, que en ese momento trabajaban en el programa Animales Sueltos, que se emite por América, luego de que dieran a conocer el nombre de un agente de inteligencia denominado, según la publicación de la revista, “el nuevo Stiuso”.

 

El organismo conducido por Gustavo Arribas y Silvia Majdalani denunció primero a Recalt por haber revelado información secreta protegida por la ley de inteligencia (25.520), y luego amplió la denuncia contra Young con el mismo fundamento. Fue el fiscal Carlos Stornelli quien decidió impulsar la investigación.

 

El argumento del organismo de inteligencia era “establecer la fuga de información”. Sin embargo, Casanello consideró que, en realidad, la AFI cuestionaba la conducta de los periodistas, por lo que resolvió archivar la causa.

 

En el fallo de la Cámara, según publica este lunes el diario La Nación, Bertuzzi consideró que había falencias en la resolución de Casanello y que su decisión debía ser revocada.

 

“Entendiendo que la resolución adoptada en tales términos resulta prematura, cuestión que, en definitiva, se vincula con la omisión del ejercicio de facultades propias del tribunal concernientes a la mejor averiguación de los hechos, es que considero que corresponde revocar el archivo”, expresó en su voto. Bruglia compartió el criterio de Bertuzzi.

 

Llorens, por otro lado, no planteó revocar el archivo si no anular la resolución. “(Casanello) No logra demostrar el punto central del argumento, desde que lo que se investiga en autos es la revelación del secreto y no la obtención de la información que podría ser secreta y sujeta a la protección constitucional mencionada”, señaló.