Ley Bases: emergencias y facultades delegadas para que Milei profundice su proyecto político
|La Cámara de Diputados aprobó la ley de Bases y Puntos de Partida en general. Las emergencias fueron enumeradas en el documento en el primer artículo de la norma en “materia administrativa, económica, financiera y energética por el plazo de un (1) año”. Además, “el Poder Ejecutivo nacional informará mensualmente y en forma detallada al Honorable Congreso de la Nación acerca del ejercicio de las facultades delegadas y los resultados obtenidos”.
“Deléganse en el Poder Ejecutivo nacional las facultades dispuestas por la presente ley, vinculadas a materias determinadas de administración y de emergencia, en los términos del artículo 76 de la Constitución Nacional, con arreglo a las bases aquí establecidas y por el plazo dispuesto en el párrafo precedente”, señala el texto oficial.
Sobre las facultades delegadas, el texto aclara: “Delégase en el Poder Ejecutivo nacional las facultades dispuestas por la presente ley, vinculadas a materias determinadas de administración y de emergencia, en los términos del artículo 76 de la Constitución Nacional, con arreglo a las bases aquí establecidas y por el plazo dispuesto en el párrafo precedente”.
Según el artículo 76 de la Constitución nacional se “prohíbe la delegación legislativa en el Poder Ejecutivo, salvo en materias determinadas de administración o de emergencia púbica. Es decir, que esa delegación podrá darse, siempre y cuando cuente con “un plazo fijado para su ejercicio dentro de las bases de la delegación que el Congreso establezca”.
Esas bases, plazos y condiciones son las que, entre otras cosas, se debaten dentro del Congreso durante las últimas semanas. Según la Constitución Nacional, la delegación legislativa es la “habilitación excepcional y limitada que el Congreso puede conferir al Poder Ejecutivo para que éste ejerza temporalmente algunas de las facultades legislativas que la Constitución otorga al Poder Legislativo”.