Lauritto tiene sucesor: según la Ley 10012, es Edgardo Jakimchuk
|El titular de la Secretaría Electoral, Carlos Vela, admitió que, de acuerdo a las Ley 10012 – Equidad de Género en la representación política – la cual postula que “se cubrirá en forma inmediata y en primer término, por un candidato del mismo sexo que siga en el orden establecido en la lista oficializada por la Justicia Electoral”, ante la oficialización de la renuncia de José Eduardo Lauritto su remplazante será Edgardo Jakimchuk.
El ex concejal Luis Edgardo Jackinchuk asumirá este martes como diputado provincial en reemplazo de Eduardo Lauritto que renunció a la banca para ocupar la jefatura del ministerio de Educación. La determinación del Tribunal Electoral de designar a Jackinchuk y no a Adela Esparza, como había trascendido, se fundamenta en el artículo sexto de la ley de Equidad de Género que obliga a cubrir las vacantes con personas del mismo sexo.
En la tarde del viernes el Tribunal Electoral recibió oficialmente la renuncia de Lauritto y el pedido de Diputados para que designe, formalmente, su reemplazo.En las deliberaciones, según supo RecintoNet, el Tribunal planteó la interpretación de la ley 10.012 de Equidad de Género y habría avanzado en la designación del ex concejal.
La asunción del ex vicegobernador Eduardo Lauritto como ministro de Educación y su renuncia a la banca que logró en Diputados generó múltiples interpretaciones acerca de cómo se cubrirá la vacante. Sin embargo, una fina interpretación de la ley de Equidad de Género selló las dudas. Este martes el ex concejal Luis Edgardo Jackinchuk asumirá en lugar de Lauritto respaldado por la ley de Equidad de Género que obliga a realizar los reemplazos en las vacantes por “personas del mismo sexo”.
El artículo sexto de la ley de Equidad de Género establece que ante una vacante “se cubrirá en forma inmediata y en primer término, por un candidato del mismo sexo que siga en el orden establecido en la lista oficializada por la Justicia Electoral, y este suplente completará el período del titular al que remplace”. Esto es así, porque como se sabe, la ley, no es de cupo femenino, sino de “equidad de género”.