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Las sanciones por romper la veda electoral

Los argentinos irán a las urnas este domingo en el marco de las elecciones generales, donde los cinco candidatos se verán las caras y competirán por el sillón de Rivadavia. En el medio del silencio electoral, ¿cuáles son las sanciones por romper con la veda electoral?

La veda electoral, también conocida como “silencio electoral” trata de un momento de reflexión en el cual el gobierno nacional limita ciertas acciones de sus habitantes con el objetivo de priorizar el voto, la democracia y la celebración de las Elecciones 2023.

Según el artículo 71 del Código Electoral, la veda comienza 48 horas antes del inicio de los comicios y, en este caso, rige desde las 8 de la mañana de este viernes. La finalización se dará tres horas después de finalizada la primera vuelta de las elecciones 2023, a las 21 horas.

En relación a las sanciones económicas, los electores pueden sufrir multas de entre $10 mil y $100.000 por la emisión de publicidad electoral durante el silencio establecido.

Las personas que induzcan al voto o impulsen el ausentismo en estas elecciones 2023 pueden recibir una pena de dos meses a dos años de prisión. Además, los que violen el carácter secreto del voto se enfrentan a posibles condenas de hasta tres años.

Según los entes organizadores de las elecciones a nivel nacional, hay una lista de acciones prohibidas durante la veda electoral:

-Actos públicos de campaña y proselitismo electoral.
-Espectáculos populares al aire libre o en espacios cerrados.
-Portación de armas.
-Portación de banderas, insignias o distintivos partidarios.
-Venta de bebidas alcohólicas, la cual estará permitida hasta las 20 horas del sábado (día previo a la elección).
-Ofrecer boletas para el voto dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos.
-Publicación y difusión de encuestas o sondeos.

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