El nuevo régimen de habilitaciones comerciales ya rige en la ciudad mediante el Decreto N.º 1736/2026, que prioriza la simplificación de trámites con herramientas digitales y habilita a los contribuyentes a iniciar la actividad una vez completada la gestión, mientras las verificaciones municipales se realizan con posterioridad.
Con el objetivo de modernizar la gestión pública y reducir la burocracia, la Municipalidad aprobó un nuevo Reglamento de Habilitaciones Comerciales, Industriales y de Servicios, que reemplaza la normativa vigente desde 2008 e incorpora procedimientos diferenciados según el nivel de riesgo de cada actividad, segmentando los requisitos para comercios de baja, media y alta complejidad.
En ese marco, el secretario de Fiscalización, Control Urbano y Actividades Comerciales, Héctor Bergara, remarcó el cambio de enfoque estatal. “Con este nuevo régimen damos un paso hacia un Estado más ágil y facilitador”, sostuvo.
Y agregó: “Buscamos que quienes invierten, emprenden y generan trabajo puedan iniciar su actividad sin demoras innecesarias, manteniendo los controles que garantizan la seguridad y el cumplimiento de la normativa”, al describir el impacto esperado sobre el sector privado.
Inicio inmediato para actividades de baja complejidad
El principal cambio alcanza a las actividades de baja complejidad, que representan la mayoría de los establecimientos que se habilitan en la ciudad. Quienes completen el trámite y presenten la documentación requerida podrán iniciar su actividad de manera inmediata, mientras las inspecciones se realizan posteriormente.
A continuación, la autoridad de aplicación realizará las inspecciones correspondientes para verificar el cumplimiento de las condiciones declaradas y constatar la información aportada, con la posibilidad de revocar la habilitación y aplicar sanciones si se detectan falsedades, omisiones o incumplimientos.
Controles diferenciados según el nivel de riesgo
Para las actividades de complejidad media y alta se mantienen las exigencias técnicas actuales, aunque el trámite se agiliza mediante herramientas digitales, con documentación específica e inspecciones previas acordes al nivel de riesgo de cada establecimiento.
Entre las novedades, el reglamento también extiende la vigencia de las habilitaciones a seis años para las actividades de baja complejidad y mantiene un plazo de cuatro años para el resto de las categorías, prolongando los períodos sin necesidad de renovar para la mayoría de los pequeños comercios.
Código QR y gestión 100 % digital
Además, todos los establecimientos habilitados contarán con un Código QR que reemplazará al certificado en papel. Esta herramienta permitirá consultar en tiempo real la vigencia de la habilitación, el rubro autorizado, los datos del titular y el domicilio comercial, junto con otros antecedentes vinculados al establecimiento, como transferencias, anexos de rubro e inspecciones realizadas.
Todo el trámite se desarrollará de forma completamente digital a través del Sistema Integral de Administraciones Tributarias (SIAT). La plataforma permitirá iniciar la solicitud, presentar la documentación requerida, completar las declaraciones juradas y realizar el seguimiento del expediente, además de recibir las notificaciones del trámite por medios electrónicos sin necesidad de concurrir a las oficinas municipales.



